CERRAR

La Capital - Logo

× El País El Mundo La Zona Cultura Tecnología Gastronomía Salud Interés General La Ciudad Deportes Arte y Espectáculos Policiales Cartelera Fotos de Familia Clasificados Fúnebres
La Ciudad 8 de marzo de 2018

Exigen la instalación de una oficina sobre violencia laboral en la sede local del ministerio de Trabajo de la Nación

Trabajadoras agrupadas en organizaciones sociales se dirigieron a la oficina ubicada en Santiago del Estero al 1600 y mantuvieron una reunión con el delegado del área.

Mujeres trabajadoras de diferentes organizaciones sociales mantuvieron este jueves un encuentro en el ministerio de Trabajo de la Nación con el objetivo de exigir la instalación de una oficina de asesoramiento por violencia laboral. La iniciativa ya forma parte de la normativa laboral vigente, pero sólo funciona de manera física en Buenos Aires, mientras que en el resto del país solo ofrece atención vía teléfono o correo electrónico.

Las integrantes de la Corriente Clasista y Combativa (CCC), la Confedereación de Trabajadores de la Economía Popular (CTEP), la Central de Trabajadores de la Argentina Autónoma (CTA) y Barrios de Pie calificaron de “positiva” la reunión que mantuvieron con el delegado del ministerio y donde solicitaron un espacio donde “hacer efectivas las denuncias que recibimos de los trabajadores”.

“Fuimos a solicitar y exigir la implementación de una oficina de asesoramiento en violencia laboral. Todo esto está cubierto por una normativa social vigente que existe pero sólo está en Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, señaló a LA CAPITAL María Elena Gutiérrez, secretaria de género de la CTA-A.

La dirigente destacó que “las mujeres marplatenses que sufren violencia laboral no tienen dónde recurrir, sólo un 0800 y un mail”, lo que complica “aún más” la situación de vulnerabilidad.

Además aclaró que la violencia laboral no está solamente ligada al acoso sexual, sino también a cuestiones propias de la dinámica del ámbito de trabajo donde se evidencian discriminaciones de género.

“La violencia laboral  uno lo asocia con el acoso, pero no es solo eso. Si es acoso, se resuelve a través de la justica, pero si hablamos de, por ejemplo, que no te dan tareas específicas por cuestiones de género, no hay dónde ir”, ejemplificó.

Al salir de la reunión y feliz por contar con número de expediente del reclamo, el número 282595, Gutierrez reconoció: “Para nosotras era muy importante presentarnos con las compañeras de las organizaciones porque la mayor cantidad de mujeres no somos las sindicalizadas que estamos trabajando. La mayor cantidad se da precisamente en todos los movimientos sociales, donde están las mujeres que son precarizadas, desocupadas y están en la economía popular”.

El reclamo de las trabajadoras se realizó en base a lo estipulado en los artículos 14 bis, 41 y 43 de la Constitución Nacional; en la ley 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones; en la ley 20.744 Contrato de trabajo, artículo 81, que implica una manifestación del principio de igualdad de trato y no discriminación, uno de los principios generales del derecho del trabajo. Su aplicación se impone en todo el desarrollo del contrato de trabajo, es decir, tanto al celebrarlo y ejecutarlo como en el momento de su extinción.