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Opinión 9 de enero de 2018

Los profesionales no deben pagar seguridad e higiene

Por Guillermo Castello (Diputado Provincial) Angélica González (Concejal)

Guillermo Castello.

Se están discutiendo estos días los proyectos de Ordenanzas Fiscal e Impositiva 2018 de General Pueyrredón y nuevamente vemos más interés en aumentar tributos que en reducir gastos y simplificar la recaudación.

Uno de los aspectos que refleja esta situación es la intención, por parte del Ejecutivo municipal, de comenzar a cobrarles la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene (TISH) a los profesionales liberales.

Es sabido que si bien las tasas son parte de los tributos que puede exigir coactivamente el Estado, a diferencia de los impuestos, se abonan a cambio de una contraprestación concreta que debe recibir el destinatario pagador.

En el caso de la TISH, esa contraprestación consiste en “servicios de inspección destinados a preservar la seguridad, salubridad e higiene en comercios, industrias, servicios y actividades asimilables a tales…” según la normativa vigente, la que a su vez establece que el monto a pagar se determina en función de los ingresos brutos del contribuyente.

Entrando ya concretamente al caso de las profesiones liberales, el proyecto del Ejecutivo municipal propone eliminar la exención que la legislación actual contempla expresamente para todos aquellos “profesionales con título universitario que ejerzan su profesión en forma individual, personal y autónoma, cuyo trabajo sea remunerado a título propio bajo la forma de honorarios, por los ingresos correspondientes a dicho concepto exclusivamente”.

De acuerdo a la constitución provincial, Buenos Aires se ha reservado -en forma exclusiva y excluyente de la intervención de los poderes comunales- la reglamentación del ejercicio de las actividades profesionales, las que ha regulado mediante leyes y organismos específicos como los Colegios profesionales, explícitamente incorporados en la constitución provincial.

En ese marco jurídico es que se ha planteado la inconstitucionalidad de la creación de nuevos tributos por fuera de esos regímenes particulares, lo que ha sido receptado por nuestra Suprema Corte de Justicia desde hace ya más de treinta años a través de reiterados fallos en los que ha dejado claro que la regulación de todo lo concerniente al ejercicio de las profesiones liberales es facultad provincial exclusiva, tanto en cuanto a la matrícula como respecto al desarrollo de la actividad, incluyendo a su espacio físico y excluyendo de ese modo la intervención municipal, en forma de inspección. (fallos “Aldazábal, Benito J. s/ Inconstitucionalidad”, del 30/06/1987, “Consejo Profesional de Ciencias Económicas c/ Municipalidad de Gral. Villegas”, del 27/12/2002, entre muchos otros).

Los municipios que han intentado percibir la tasa a profesionales han fracasado debido a las numerosas acciones judiciales que han impedido su cobro.

Por otro lado, la voluntad de extender indiscriminadamente el cobro de tasas municipales choca de frente con el texto del Consenso Fiscal aprobado mediante ley nacional y al que nuestra provincia adhiriera recientemente mediante ley provincial, en cuyo texto los municipios se obligan a adecuar las tasas municipales de modo que se correspondan “con la concreta, efectiva e individualizada prestación de un servicio”.

Es por todo ello que desde la Coalición Cívica creemos que la solución no es aumentar impuestos y burocracia sino la opuesta. En sintonía con los lineamientos impulsados por los gobiernos nacional y provincial, creemos que debe procurarse una reducción de gastos e impuestos y una simplificación burocrática de la relación que el ciudadano se ve obligado a tener con el Estado.



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