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06-06-2009

Un fallo judicial ordena a ARBA abstenerse de aplicar Arbanet

Un abogado local obtuvo un fallo favorable por el que ARBA debe abstenerse de aplicarle Arbanet para calcular lo que debe abonar por ingresos brutos. La decisión, que resultaría la primera contra este sistema, crea un poderoso antecedente para que no se m

Por decisión judicial, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) deberá abstenerse de aplicar el sistema "Arbanet" para liquidarle a un abogado local los anticipos del pago del impuesto a los ingresos brutos.

El fallo, que corresponde al juez de ejecución penal Ricardo Pedichizzi, es el primero que se conoce en la provincia. Claro que la decisión alcanza a quien interpuso una acción de amparo por esta materia, pero igualmente crea un poderoso antecedente para casos similares, abarcando tanto a los responsables inscriptos como a los monotributistas que tributen cualquier monto.

Para dar a conocer aspectos del caso, LA CAPITAL dialogó con los abogados que presentaron el recurso que tuvo decisión favorable, Ricardo Waitzman y Osvaldo Basavilbaso.

Waitzman, que actuó de vocero, expuso que "el fallo es sumamente importante porque lo que se hizo fue atacar el nuevo sistema de recaudación implementado por ARBA, que se denomina Arbanet".

Y continuó: "En mi caso, el sistema consistía en que durante todo el período 2008 se me fue liquidando todos lo concerniente al impuesto a los ingresos brutos, y por distintas cuestiones, ya sea por retenciones o anticipos, me quedó un saldo a favor. Por el anterior sistema, ese crédito que queda a favor del contribuyente se imputa a los pagos que debe realizar en el siguiente año -es decir, 2009-".

"Sin embargo -enfatizó-, por el sistema de Arbanet esto no se puede realizar. Por eso, se sigue calculando y recalculando montos por ingresos brutos que ellos estiman que se debe pagar. Pero aún es peor que, si después de finalizar el año, queda un saldo a favor, Arba no devuelve el dinero, sino que hay que iniciar una acción de repetición (una demanda exigiendo el reintegro). Esto, a las claras, es una cuestión confusa, al punto tal que en la práctica se trata de la creación intempestiva de un nuevo impuesto".

Medida cautelar y decisión de fondo

Más adelante, Waitzman señaló que "por eso, junto con el doctor Basavilbaso, interpusimos un amparo, con el que se obtuvieron dos resultados. Primero, antes de dictar sentencia, se logró una medida cautelar, por la que se obligaba a ARBA a no aplicar en el caso presentado, el sistema de Arbanet. Esto determina que se vuelve al primer sistema de 'autoliquidación' (ARBA no estima lo que el contribuyente debe pagar, sino que se establece mediante la constancia del ingreso)".

"En segundo lugar -prosiguió-, a los cinco días el mismo juez Perdichizzi emite un fallo, que a pesar de no tratarse de un magistrado que atienda esta materia, resulta ejemplar. Lo importante es que establece la ilegalidad y arbitrariedad en la que ARBA calcula el tributo que debe realizársele. Interesa saber que es arbitrario porque no toma bases ciertas para realizar los cálculos, sino estimativas".

Posteriormente, Waitzman refutó el descargo que realizó la demandada, en cuanto a que el nuevo sistema es "más práctico y sencillo para el contribuyente". Por el contrario, el entrevistado señaló que "se probó que no es así. Uno de los motivos es que debí contratar un contador para que me dijera si lo que afirmaba ARBA era así o no. Igualmente, el juez de la causa tuvo que acudir a una pericia oficial, que fue la que determinó la certeza de las críticas que hacemos al sistema".

Y agregó que "nos ha llegado a nosotros la información de que éste es el primer fallo contra este sistema. Pero sabemos que el Colegio de Abogados de la Provincia está trabajando en una presentación similar y más general".