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01-10-2010

Buscan endurecer la "ley antitabaco"

Está en vigencia en la provincia de Buenos Aires. Legisladores bonaerenses quieren que no se pueda fumar en ningún espacio cerrado de acceso público. La semana que viene habría novedades al respecto.

LA PLATA

Corresponsal

Diputados bonaerenses analizan la posibilidad de introducir modificaciones a la "Ley antitabaco" que establece excepciones a la prohibición de fumar en lugares de acceso público como bares, restaurantes y bingos.

El proyecto que está siendo analizado por la Comisión de Prevención de Adicciones de la Cámara Baja plantea la posibilidad de establecer espacios 100% libres de humo en toda la Provincia. "Las modificaciones tienen que ver con volver al proyecto original; esto es, que en los espacios cerrados de acceso público, sean privados o públicos, no se permita fumar", explicó a LA CAPITAL el diputado de la Coalición Cívica (CC) Sebastián Cinquerri, presidente de la mencionada Comisión.

El miércoles, el legislador se reunió con integrantes de la Alianza Libre de Humo de Argentina (Aliar) y representantes del sindicato de trabajadores de bingos y casinos, quienes se mostraron conformes con el proyecto. "Esto es muy importante porque en la etapa anterior no habíamos encontrado representantes sindicales que estuvieran apoyando la ley", señaló Cinquerri.

La prohibición de fumar en todos los espacios cerrados de acceso público estaba prevista en la iniciativa original que en 2008 impulsó el diputado oficialista Juan de Jesús, pero el proyecto finalmente se aprobó con algunas reservas. "La presión de las tabacaleras y de los bingos hizo que se integraran excepciones: en las salas de juego de más de 400 metros cuadrados no se aplicaría la norma. Y cuando (el ex ministro de Salud bonaerense) Claudio Zin reglamentó la ley, le agregó que los restaurantes de más de 100 metros cuadrados pueden tener espacios para fumadores", argumentó Cinquerri. Y añadió que "no es una ley de prohibición, sino una ley de regulación: lo que proponemos es que en los lugares cerrados no se pueda fumar, pero en los espacios abiertos sí".

El proyecto, que se aprobaría la semana próxima en la Comisión de Prevención de Adicciones, ya cuenta con el despacho por mayoría de la Comisión de Salud de la Cámara Baja. "Creemos que en los próximos días la ley va a entrar al recinto y se va a sancionar favorablemente", aseguró Cinquerri.

Sin controles

La Ley 13.894, más conocida como "ley antitabaco" fue sancionada en octubre de 2008 por la Legislatura bonaerense, pero el gobierno provincial la reglamentó recién en septiembre del año pasado.

La iniciativa regula el consumo, venta y publicidad de tabaco en todo el territorio bonaerense y establece, entre otras cuestiones, que los espacios cerrados de acceso público (como bares y restaurantes) que cuenten con una superficie útil mayor a los 100 metros cuadrados podrán contar con una zona para fumadores, aunque ésta "deberá estar separada físicamente del resto de las dependencias, completamente compartimentada y contar con un sistema de ventilación forzada propio", tal como estipula la ley.

Pero según Cinquerri, "está científicamente comprobado que colocar tabiques en los espacios es técnicamente imposible; las partículas dañinas del tabaco quedan suspendidas en el aire durante 20 días, con lo cual en lugares viciados -como por ejemplo las salas de juego- nunca se termina de sanear el ambiente".

En la ciudad de La Plata son muchos los restaurantes que dividen los espacios para fumadores de los no fumadores con un simple cartel o ubican a los fumadores en el piso de arriba del local sin que medie ninguna separación. Ni hablar de los bares y demás locales nocturnos, especialmente durante los fines de semana, donde la ley pareciera no existir.

"La provincia de Buenos Aires en general ha tenido dificultades para controlar", aseguró el legislador, y agregó que "la ley de tabaco se aplica donde hay un control social o donde el dueño del hotel tiene una determinada conciencia y decide aplicar la norma, no porque el Estado se haga presente de manera preventiva, asistencial o sancionando a quien infringe las normas".

Los lugares prohibidos

Según lo establecido en la ley, la prohibición de fumar es "absoluta" en todos los espacios cerrados que dependen de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los organismos de la Constitución y los entes descentralizados y autárquicos.

Además se prohíbe fumar en espacios cerrados de acceso público del ámbito privado como restaurantes, bares, confiterías, cybers, shoppings, centros culturales, cabinas telefónicas, estaciones terminales, vehículos de servicio público de transporte colectivo de pasajeros e instituciones deportivas y gimnasios, entre otros.

"Tal prohibición resulta extensiva a los lugares comunes de los citados espacios, entendiéndose por tales los vestíbulos, corredores, pasillos, escaleras y baños", se aclara en la ley.