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30-08-2015

Desde la aplicación del nuevo código ya hubo en la ciudad cuarenta divorcios exprés

Ahora, una de las partes puede presentarse y pedir la separación aunque su pareja no está de acuerdo. La Justicia debe otorgársela y sólo restará, en el caso que sea contradictorio, discutir cómo se dividirán los bienes, el cuidados de los hijos y la cuota alimentaria, entre otras cuestiones

Ya no hay que dar ninguna explicación. A una persona sólo le alcanza con presentarse en Tribunales y decir que quiere separarse para que la Justicia le otorgue el divorcio.

Desde el primero de agosto de este año, con la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, los trámites para separarse dejaron de ser una odisea. Y en Mar del Plata también los matrimonios se disolvieron con la nueva legislación: según datos a los que accedió LA CAPITAL, ya se hicieron cuarenta divorcios exprés.

También hubo soluciones para las personas que habían iniciado el trámite con el anterior código: todos los procesos que estaban en marcha fueron adaptados a la nueva legislación y los divorcios ya se concretaron o están por concretarse.

"En Mar del Plata no hubo un boom de divorcios", explica la jueza de Familia, Alejandra Obligado. Y fundamenta: "En la ciudad el tema de la rapidez en el proceso de divorcio ya se estaba gestando. Los juzgados de Familia no tomaban más las audiencias conciliatorias y declaraban incostitucional el artículo que imponía a las partes la obligación de las dos audiencias. Ese casi ya 4 años que hacemos lugar a la inconstitucionalidad de esa norma. Se estuvo a la vanguardia de la legislación".

La magistrada aclara que se hacía porque ya se avalaba "lo que hoy el código dice que es la autonomía de la voluntad". "Si las partes quieren divorciarse y no aceptan derechos de terceros ni el orden público, ¿entonces por qué tenemos que obligarlos a dos audiencias conciliatorias si ya están decididos a pedir el divorcio?", sostiene Obligado sobre los casos en que no hubo controversia entre las partes.

Los divorcios en la ciudad representan el 30% de las causas que llegan a los Tribunales de Familia. De ese porcentaje, el 90% son acordados y el 10% contradictorios. En estos últimos casos, la Justicia concede con rapidez el divorcio pero por otra vía mantiene el expediente en el que la pareja negocia cómo será la separación de los bienes, la cuota alimentaria y el cuidado de los hijos.

-¿Qué análisis se puede hacer de la cantidad de divorcios que hubo con el nuevo código?, le consultó LA CAPITAL a Obligado.

- La cantidad de 40 es muy poca. Hay que tener en cuenta que son divorcios donde no se invocan causales. No hay más injurias ni más infidelidad sino que el divorcio es por exclusiva voluntad.

- ¿Cómo se han adoptado los abogados a la nueva legislación?

- Los abogados de Mar del Plata que incursionan en el derecho de Familia se prepararon para el primer día hábil del 3 de agosto porque presentaron junto a sus divorcios los acuerdo reguladores del divorcio, que es una obligación.

- ¿Qué es un acuerdo regulador?

- Ahora se puede divorciar cuando se quiera, pero junto a ese pedido hay que hacer una propuesta de los efectos del divorcio. Es decir: quién se queda la casa, cuándo se vende, qué porcentaje se queda uno, qué se hace con los muebles, qué hacemos con los hijos, la cuota alimentaria, etc. Todo eso se debe presentar al momento de pedir el divorcio.

-En Mar del Plata el 10% de los casos es divorcio contradictorio antes del nuevo código. ¿Qué le cambio a ese 10% a partir del 1 de agosto?

- Todo el divorcio contradictorio que está en trámite hay un despacho que le dice a las partes: readecuen sus presentaciones, no se analizarán más las causas, se impone la ley nueva. Es decir, se deja de analizar la causa, el juez no ve más las pruebas, pero junta a las partes y les dice: se va a dictar sentencia de divorcio pero tráiganme el acuerdo regulador de los efectos. Si las partes dicen que en eso es en lo que no están de acuerdo, entonces lo separamos del expediente, se sigue con esa controversia pero el divorcio lo dictamos.

-¿El nuevo Código se empieza a aplicar para todos los divorcios de antes del primero de agosto o hay excepciones?

-Desde el 3 de agosto se empieza a aplicar a ese proceso el nuevo código. Si se empezó contradictorio el 31 de julio, el 3 de agosto el juez agarró el expediente y de oficio le pidió a las partes, atento al nuevo código y a la desaparición de las causas subjetivas de culpabilidad, readecuar el proceso. También le dice a las partes que va a dictar sentencia de divorcio y exhorto a los dos que me traigan el acuerdo regulador. Así me ordena la ley que actúa en esos procesos.

- Algún integrante de la pareja puede pensar que es injusto...

- No lo es. Porque por más que se dicte la sentencia de divorcio lo que se va a seguir peleando las partes entre sí es la tenencia de los hijos, los alimentos la cuota, el regimen de comunicación, etc. Eso si va a seguir siendo contradictorio, lo vamos a sacar de ese expediente y vamos a hacer un expediente "mellizo" para que tratemos los temas que están en contradicción. Pero del divorcio en sí, no hay nada que discutir. La pareja se divorcia y punto. Esto es para que el divorcio no sea una extorsión. Desde ahora, no existe más la frase: "A bueno, no me das la casa, listo, yo no te firmo el divorcio". Desaparece la novela mexicana y la extorsión del "no te doy el divorcio".

- ¿Cómo se podría explicar el proceso desde lo judicial?

- Se recibe el expediente y luego sigue su ruta: pasa al fiscal que es el que va a saber que la gente va a cambiar de estado civil y quiere divorciarse. Pero con respecto a los bienes, los jueces le van a decir que vayan a conciliación para que se pongan de acuerdo. Pero mientras tanto, del divorcio se dicta sentencia. En resumen, el procedimiento es así: una persona pide el divorcio, entonces la jueza le pide que se le corra traslado a su pareja y si el otro integrante de la pareja dice que no quiere divorciarse, la jueza dicta sentencia de divorcio. Se les saca a las partes la extorsión.

- ¿Qué le parece esta nueva legislación?

- Es excelente porque dejan de subjetivizar y de meternos en la vida privada de dos partes que se quieren divorciar. Las dos partes son responsables del divorcio. No hay un culpable ni un inocente. Y los jueces jamás nos jactamos de descubrir las verdades. En la intimidad de la familia es muy difícil saber lo que pasa. Eso sí: nos vamos a disponer para declarar la justicia o no de quién se queda en la casa, la cuota alimentaria, el regimen de visitas. Ahí si nos vamos a poner a trabajar con la familia, pero el divorcio, algo tan íntimo que tiene que ver con la autonomía de la voluntad, la ley hace que ese tema sea resuelto por la partes. Si uno se quiere divorciar, el juez le hace lugar aunque no sea de común acuerdo.