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La Ciudad 25 de septiembre de 2017

Promueven sanciones por largas esperas en bancos o comercios

La Defensoría del Pueblo de Mar del Plata impulsa un proyecto para que las esperas prolongadas en comercios sean consideradas "trato indigno" al consumidor y sean sancionadas.

A través de un Proyecto de Ordenanza elevado a consideración del Concejo Deliberante, la Defensoría del Pueblo local propone que las esperas prolongadas en cualquier establecimiento comercial o financiero sean consideradas “prácticas abusivas contrarias a un trato digno a los consumidores y usuarios”, y por lo tanto pasibles de sanción.

En su artículo 1º, el proyecto presentado establece que “a los efectos de la aplicación de la ley provincial 13.133 Código Provincial de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios, en el ámbito de esta Municipalidad, se considerarán “prácticas abusivas contrarias a un trato digno” de los consumidores y usuarios en su relación de consumo las siguientes:

a) La atención al público que implique -para el usuario- permanecer en filas por más de treinta (30) minutos.

b) La atención al público que implique -para el usuario- permanecer en filas a la intemperie en locales comerciales.

c) La atención al público que obligue al usuario a esperar en instituciones y locales comerciales más de noventa (90) minutos, aunque se provean los suficientes asientos, existan instalaciones sanitarias y el orden de atención sea según ticket numerado.

Contenido de la legislación

La ley 13.133 establece las bases legales para la defensa del consumidor y del usuario según los términos del artículo 38º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, y tiene por objeto establecer las reglas de las políticas públicas y los mecanismos administrativos y judiciales para la efectiva implementación en el ámbito provincial de los derechos de los consumidores y usuarios reconocidos en la Constitución, así como de las normas de protección consagradas en la Ley Nacional de Defensa del Consumidor y disposiciones complementarias.

Existen numerosos antecedentes de propuestas similares, como el proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados de la provincia por el legislador marplatense Rodolfo Iriart, o el proyecto de ordenanza presentado en General Pueyrredon por el entonces concejal Ariel Ciano. Asimismo el proyecto impulsado encuentra inspiración en la ley 2874, sancionada el 9 de octubre de 2013 por la Legislatura de la Provincia de Neuquén.

Las políticas del gobierno deben garantizar a los consumidores y usuarios el acceso al consumo en condiciones de trato digno y equitativo, sin discriminaciones ni arbitrariedades por parte de los proveedores; la protección efectiva contra las prácticas que puedan perjudicar la posibilidad de los consumidores de elegir en el mercado, la competencia leal y efectiva, a fin de brindar a los consumidores la posibilidad de elegir variedad de productos y servicios a precios justos y el permanente abastecimiento por parte de los prestadores de bienes y servicios para la satisfacción de las necesidades corrientes de la población.

La ley 24.240 se refiere a trato digno y prácticas abusivas cuando señala que los proveedores deberán garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios. Deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.

“Resulta necesario completar las normativas nacional y provincial, con disposiciones locales que desarrollen la temática del trato digno, así como de las conductas vejatorias o vergonzantes”, señalaron los defensores del pueblo en su proyecto.