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Interés general 24 de abril de 2017

¿Qué hacer si al momento de pagar no hay tarjeta de débito?

La decisión de la AFIP de comenzar a implementar la obligatoridad de tener POS despertó la pregunta. Responden dos especialistas.

La decisión de la AFIP de comenzar a implementar la obligatoridad de tener POS despertó una pregunta: ¿será legal irse sin pagar, por ejemplo de un restorán, si no tiene tarjeta de débito como lo exige la ley?.

“A partir del 1º de julio, pagadiós legal si en un restaurante no te aceptan tarjeta de débito“, tuiteó el vicepresidente del Banco Central, Lucas Llach. El funcionario es quien está a cargo de ampliar los medios de pago electrónico. El tuit generó distintas respuestas de los usuarios y abrió el interrogante. Pero su autor, una semana después, lo borró.

LA CAPITAL consultó a especialistas para responder la pregunta. Los dos coincidieron: el cliente no quedará exento de la responsabilidad de pagar aunque habrá variantes para reclamar.

“En primer lugar el comerciante tiene el deber de tener el sistema de pago y si no lo tiene dicha circunstancia puede ser denunciada a la Afip”, explicó Sergio Procelli, presidente de Consumidores Argentinos. Y agregó: “En segundo lugar para el caso que no lo tuviere, es su deber, de acuerdo a la ley de defensa del consumidor, de informar esta circunstancia, la que debe obedecer a una problema técnico o circunstancial. Sino lo hace incumple el deber de información del art. 4 de la ley de defensa del consumidor”.

En ese sentido, Procelli continuó: “En el caso de que no tenga el sistema de posnet y no lo haya informado previamente, estaríamos ante la situación de imposibilidad de pago no atribuible al deudor, imposibilidad que al ser circunstancial no deja al consumidor liberado totalmente del pago, pero si por el momento hasta tanto el comerciante ofrezca las condiciones legales del pago, el que no pudo hacerse por incumplir tanto por no tener los medios para hacerlo, como por no informar debidamente la circunstancia de no tener el sistema”.

Por su parte, el titular de la Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos, Ariel Ciano, explicó que “si un consumidor ingresa a un comercio y encuentra que está informado el uso de tarjetas de crédito o débito puede exigir el cobro mediante esos plásticos”. Y agregó: “Ahora bien, si igualmente al momento de pagar no lo tienen disponible, puede hacer el reclamo en la Dirección de Protección al Consumidor e incluso pedir una compensación por las molestias ocasionadas y gastos erogados por el reclamo. Eso sí, en dicho acto el pago del servicio/producto deberá hacerlo, ya que no es posible liberarse del pago por no poseer el elemento facilitador”.

Para Ciano, en el caso de un comercios que no possea el anuncio y, obviamente, no cuente con tarjeta de débito, “el consumidor podré hacer el reclamo ante la AFIP”.



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