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El País 28 de julio de 2016

Todo lo que hay que saber sobre los reajustes en las jubilaciones

El Gobierno reglamentó hoy el denominado Programa Nacional de Reparación Histórica para pagar las deudas previsionales con jubilados y pensionados que hayan o no iniciado juicios con el Estado por mala liquidación de sus haberes. Todo lo que hay que saber.

Jubilados y pensionados ya pueden chequear desde este mediodía a través de la página web de la ANSES si están alcanzados por el plan voluntario de reajuste de haberes o liquidación de juicios con el Estado, que se prevé que alcance a más de 2,4 millones de personas.

Según estableció el Gobierno a partir del decreto 894 que fue publicado hoy en el Boletín Oficial, desde este mediodía la ANSES habilitó las consultas desde la página www.anses.gob.ar en la que jubilados y pensionados, que hayan o no iniciado juicios, podrán consultar con su clave fiscal si están alcanzados por el reajuste de haberes, mientras que la propuesta de pago se conocerá en septiembre.

Habrá prioridad en la liquidación de haberes de los mayores de 80 años y de quienes tengan problemas graves de salud.
En esta primera etapa, la respuesta de ANSES se limitará a informar si la persona está o no alcanzada por el programa, aunque desde el organismo advirtieron que también pueden darse casos en los que no haya una resolución.

Ante esta última situación, el jubilado o pensionado podrá presentarse en un centro de atención de ANSES para conocer cuál es su situación previsional.

Para comenzar la consulta hay que acceder a la web del organismo, e ingresar -desde la solapa MI ANSES- la Clave de Seguridad Social, que se puede crear sin necesidad de ir a una oficina, respondiendo preguntas sobre datos personales que realiza el sistema online.

Una vez en la página, hay que verificar y confirmar los datos de domicilio y contacto que aparecen en la parte superior derecha de la pantalla.

Quienes tengan juicio pero no sentencia firme, recibirán hasta un tope de 48 meses de retroactividad, mientras que aquellos que no hayan iniciado juicio, tendrán el reajuste del haber mensual desde la fecha de ingreso al programa.

Cuando ya estén cargados los datos, el jubilado y pensionado podrá chequear si corresponde o no un reajuste de haber. El interesado también deberá habilitar en la página web a su abogado para que éste pueda tener acceso a la propuesta de la ANSES, que podrá ser aceptada de forma electrónica.

Para expresar la voluntad de cobro, deberán ingresarse las respectivas claves de la Seguridad Social, pero también las huellas digitales (tanto del beneficiario como del abogado), trámite que puede completarse en el banco en el cual el jubilado cobra habitualmente o en alguna oficina de ANSES habilitada.

Como el trámite debe realizarse con la asistencia de un abogado, se prevé que en el caso de no tener un juicio previo, la persona deberá designar a un letrado que cobrará un honorario de 500 pesos que estará a cargo del organismo.

La oferta de pago estará disponible en septiembre, cuando la persona podrá aceptar o no el acuerdo, y en el caso de que la respuesta sea positiva se firmará con la huella digital del beneficiario y de su abogado.

Este acuerdo se transferirá por vía electrónica al fuero de la seguridad social, donde el juez del tribunal más cercano al beneficiario deberá homologarlo.

Quienes tengan juicio pero no sentencia firme, recibirán hasta un tope de 48 meses de retroactividad, mientras que aquellos que no hayan iniciado juicio, tendrán el reajuste del haber mensual desde la fecha de ingreso al programa.

El decreto que fue publicado hoy también prevé que cuando por razones de salud sea imposible la intervención del beneficiario en persona, el acto se puede realizar por un apoderado y además la Autoridad de Aplicación podrá establecer un procedimiento alternativo en soporte papel, para los casos excepcionales.

Si el jubilado no acepta la propuesta del Estado y no ingresa al plan de reajuste, seguirá cobrando lo que cobra hoy y si está en juicio, una vez concluido, la ANSES acatará la sentencia.