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Policiales 26 de abril de 2018

El juicio por el caso Lucía Pérez comenzará el 30 de octubre

El Tribunal Oral Nº 1 decidió prescindir de la Secretaría de Gestión de Audiencias y fijó fecha para el 30 de octubre al 14 de noviembre para el debate oral. Fue por pedido de la fiscalía y la defensa de los imputados.

Tal como había adelantado LA CAPITAL, el juicio por el caso Lucía Pérez se realizará entre el 30 de octubre y el 14 de noviembre, en una fecha resuelta por el Tribunal Oral N°1 a solicitud de las partes.

Los jueces Facundo Gómez Urso, Aldo Carnevale y Pablo Viñas habían recibido de la Secretaría de Gestión de Audiencias las fechas entre el 11 y el 28 de marzo. Sin embargo, consideraron el pedido “de excepción” del fiscal Daniel Vicente y de la defensora de los imputados, María Laura Solari, que solicitaron mediante un escrito que sea entre el 30 de octubre y el 14 de noviembre.

Cabe destacar que la última audiencia se realizó el 11 de abril pasado, donde los acusados Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel estuvieron frente a los padres de la víctima y se presentaron toda la prueba y la lista de testigos que expondrán durante el juicio.

Además, fue la primera vez que se presentó en una audiencia por el caso Pérez el fiscal Vicente, designado de manera formal por el Ministerio Público para llevar adelante el proceso. El investigador reemplazará de manera definitiva a María Isabel Sánchez, quien fue apartada primero de la causa por sus polémicos comportamientos y, más tarde, de la Fiscalía Nº 8 que tenía a su cargo.

Farías llegará al juicio detenido -fue capturado días después del hecho- imputado por “abuso sexual con acceso carnal agravado por el resultado muerte y el suministro de estupefacientes en concurso ideal con femicidio”; mientras que Offidani -detenido desde el mismo momento que Farías- será juzgado como “partícipe secundario” por esos delitos.

Además, en el juicio también se determinará si Farías y Offidani son responsables del delito de “tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad”, y si Alejandro Maciel incurrió en “encubrimiento agravado”.

El hecho

Matías Farías y Lucía Pérez (16) se habían conocido el 7 de octubre de 2016 en las adyacencias de la escuela a la que asistía la menor, en Juan B. Justo al 700. Allí Farías, junto a Offidani, le vendió marihuana a la menor y siguieron en contacto telefónico a la noche y a la madrugada ya del sábado. Finalmente en horas de la mañana Farías y Offidani pasaron a buscar a Lucía por su casa y se fueron hacia la vivienda del primero, en Racedo al 4500 del barrio Alfar.

La investigación comprobó que Offidani solo ofició de chofer y que recién reapareció a las 14.30, acompañado por Maciel. En esas circunstancias Farías les pidió ayuda porque Lucía se había desmayado -las pericias y la declaración de él confirmaron que hubo relaciones sexuales violentas y consumo de drogas.

Para la fiscal María Isabel Sánchez -quien pidió licencia psiquiátrica y fue apartada de la causa-, en base a un informe inicial preliminar, el cuerpo fue lavado y acondicionado con el fin de borrar rastros. Luego fue llevado a una sala de salud de Playa Serena donde, pese a los esfuerzos médicos, se constató el fallecimiento de la menor.

Con el paso de los meses la hipótesis fiscal se fue debilitando, al menos en términos probatorios, ya que no pudo respaldar en la ciencia forense aquella horrorosa versión oficial. Farías, al declarar, aseguró que tuvo relaciones consentidas con Lucía y que consumieron drogas. Que Lucía Pérez se higienizó y sufrió un desmayo.

La causa se elevó a juicio para resolver en ese ámbito los interrogantes no aclarados durante la instrucción como la causa de la muerte de Lucía, las características de las relaciones sexuales (puede ser considerado un abuso por el solo hecho de intermediar una provisión de drogas previa) y la manipulación del cuerpo de la menor en el momento del traslado a la sala de salud.



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