La presidenta puso en vigencia la Directiva de Defensa Nacional
14:10 | Se trata del documento de más alto nivel del que se desprenden los principales lineamientos de la política del sector.
La presidenta Cristina Fernández de Kirchner puso en vigencia la Directiva de Política de Defensa Nacional, el documento de más alto nivel del que se desprenden los principales lineamientos de la política del sector.
El decreto 1714/2009 que puso en vigencia esa Directiva fue suscripto por la Presidenta, el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, el canciller Jorge Taiana y la ministra de Defensa, Nilda Garré, cuya cartera preparó el texto puesto en vigencia, informó hoy un comunicado del Ministerio de Defensa.
El documento, estructurado en tres capítulos, encomienda trabajos y tareas a los diversos organismos de la jurisdicción.
Comprende el diagnóstico y apreciación del escenario de defensa global y regional; la política de defensa nacional: concepción y posicionamiento estratégico de la República Argentina y las directrices para la instrumentación de la política de Defensa y de la política militar.
El Ministerio de Defensa recibe instrucciones para fortalecer la competencia de su función como instrumento del gobierno político de la Defensa, fortaleciendo todos sus organismos componentes.
Según lo dispuesto, Defensa debe crear un organismo logístico que garantice adecuados niveles de aprovisionamiento, así como profundizar y fortalecer el desarrollo de la industria de la producción para el área.
Además, el debe continuar con el proceso de definición de las políticas educativas y de las estructuras de educación, formación y actualización de las Fuerzas Armadas, así como las políticas de género.
El Estado Mayor Conjunto (EMCO) de las Fuerzas Armadas recibe la instrucción de reemplazar "el modelo basado en hipótesis de conflicto” por otro que se estructure "conforme al criterio de capacidades como factor de planeamiento”.
Los estados mayores generales de las Fuerzas Armadas (Ejército, Armada y Fuerza Aérea) deberán "proponer las modificaciones y readecuaciones de las estructuras orgánico-funcionales pertinentes”.
"En este sentido, deberán eliminarse todos las funciones y organizaciones que no se hallen en sintonía y que colisionen con la tarea del Comando Operacional del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas” creado por decreto en el 2007, puntualiza el decreto publicado el 12 de este mes en el Boletín Oficial.
La Directiva señala también que los estados mayores de las Fuerzas Armadas deben elevar un informe anual referido a la comprobación operativa de los ejercicios militares realizados.
Fija además un tiempo de destino no menor a tres años en los estados mayores de las Fuerzas Armadas.
