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01-05-2012

El gobernador de La Pampa garantizó aborto no punible en casos de violación

Oscar Jorge anunció la elaboración de un protocolo para la práctica del aborto no punible en los hospitales de la provincia en los casos de violación, como lo dispuso el fallo de la Suprema Corte de Justicia de Nación que los autoriza sin necesidad de una denuncia de la víctima y la intervención judicial, y a los médicos al ejercicio de la práctica en estos casos sin ser sancionados.

SANTA ROSA.- Acompañado por todo su gabinete, el mandatario pampeano ofreció una conferencia de prensa en la Casa de Gobierno en la que anunció la firma del Decreto 279/12, por el que instruye al ministro de Salud para que elabore el protocolo hospitalario para la atención y asistencia sanitaria de prácticas de aborto no punible en el marco del artículo 86, incisos 1º y 2º del Código Penal.

Jorge se refirió en primer término a la firma del decreto 279 que en sus considerandos dice que el máximo Organo Judicial de la Nación se ha expedido en el sentido de interpretar en forma amplia la aplicación del articulo 86, inciso 2, del Código Penal, dejando sentado que el aborto, practicado a una mujer embarazada como consecuencia de una violación no es punible, con independencia de la capacidad mental de la victima.

Asimismo, el decreto señala que no debe dejar de mencionarse que los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación son obligatorios para el caso individual fallado pero que, dada la trascendencia social del pronunciamiento en cuestión, han hecho que la provincia tome la recomendación para considerar necesario a la luz de los nuevos preceptos interpretativos, reglamentar a través de un protocolo hospitalario la práctica del aborto no punible establecido en el articulo 86 del Código penal.

Además destaca que constituye un deber estatal la obligación de brindarle a la mujer víctima de un delito de violencia sexual una atención, contención y asesoramiento inmediata e integral que garantice el acompañamiento de la misma, tanto en la emergencia como en la etapa posterior.

Por ello ordena que el ministerio de salud arbitre las medidas para conformar un equipo interdisciplinario de profesionales que estará a disposición e intervendrá en forma rápida, accesible y segura ante la presentación de un caso de aborto no punible.

Establece que ese equipo brindará una atención integral a la víctima, pero además garantizará el debido conocimiento de sus derechos y que la solicitud de interrupción del embarazo deberá ser en el marco de celeridad y accesibilidad que esta atención requiere, evitando trámites dilatorios que aumenten el riesgo de la práctica.

A su vez señala que debe dejarse a salvo el derecho de los profesionales de hacer uso de la objeción de conciencia en un marco de respeto y confidencialidad. Por ello entiende procedente y necesario dictar los instrumentos reglamentarios a través de la autoridad competente por la materia que contemplen, siempre que concurran los supuestos legales que habiliten el aborto no punible, la asistencia e intervención integral, rápida, accesible y segura.

El anuncio del mandatario pampeano era muy esperado por las distintas ONGs locales y provinciales que defienden los derechos del género, debido a que hace cuatro años el propio gobernador Jorge había vetado un protocolo por el aborto no punible en casos de violación y hace poco tiempo el ministro de Salud, Mario González, sostuvo que para hacer un aborto por violación en la provincia debía existir de manera previa una autorización judicial.

(Télam)