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08-08-2012

AFIP apeló amparo otorgado por el juez Alfredo López

La justicia había ordenado al organismo que autorice vender dólares para la compra de un inmueble.

BUENOS AIRES, - La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) apeló ayer el amparo otorgado por juez federal de Mar del Plata, Alfredo López, por el cual ordenó al organismo que autorice la compra de dólares a una pareja que los había solicitado para una operación inmobiliaria.

En un comunicado de prensa, el organismo argumentó que en la actualidad es "ilegal" adquirir divisas para la compra de inmuebles y calificó a la medida como "arbitraria".

La interposición del organismo que comanda Ricardo Echegaray, es en respuesta a una resolución del magistrado que falló a favor de una pareja de Mar del Plata, que requería comprar 16 mil dólares para completar la adquisición de una propiedad valuada en 86.000 dólares en Sierra de los Padres.

"Como no hubo respuesta de la AFIP, se vieron obligados a accionar ante el juzgado. La AFIP se mantuvo en su postura negativa y acompañó una resolución del Banco Central que suspende la adquisición de divisas", señaló López.

En respuesta, la AFIP fundamentó la apelación en que la compra de dólares para este tipo de operaciones es ilegal por las "comunicaciones 'A' Nros 5318 y 5330 del Banco Central de la República Argentina".

El organismo sostuvo que los contribuyentes "omitieron aportar el boleto de compra venta y/o la respectiva escritura" y consideró que esto "podría dar lugar a una situación fictoria para utilizar la vía del amparo como un medio para el atesoramiento de divisas de manera encubierta".

AFIP recordó que la compra de moneda extranjera para ahorro "se encuentra expresamente prohibido por las regulaciones vigentes".

Por otra parte, reveló que "se detectó que existe unainconsistencia en la situación fiscal de los contribuyentes que les imposibilita adquirir las divisas requeridas".

La AFIP sostuvo que "la orden judicial es de cumplimientoimposible, porque la AFIP no tiene y no puede arrogarse la facultad para permitir la adquisición de dólares para la compra de inmuebles, ni a su vez concretarla fácticamente por cuanto se requiere la autorización expresa del BCRA".

Añadió que "de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente, el organismo fiscal sólo se encuentra facultado para validar lasoperaciones cambiarias relativas a viajes al exterior".

"Por estos fundamentos la AFIP considera arbitraria la resolución del juez, además de señalar que medió una grave omisión del magistrado, tanto al no aplicar las Comunicaciones del BCRA aplicables a este caso concreto, como así también al no haberle dado la intervención que le compete a dicha autoridad monetaria para que ejerza la defensa legal de las mismas", señaló.

A su vez, consideró que "tampoco el contribuyente agotó la vía administrativa previa, por lo que el juez también arbitrariamente hizo lugar a la acción de amparo obviando el cumplimiento de este requisito esencial".

El juez había considerado que la AFIP actúa "sin respaldo normativo", y criticó al Banco Central, al que le endilgó ser "arbitrario" al disponer la suspensión de operaciones en el mercado de divisas.

Asimismo, señaló que cuando la AFIP responde a los potenciales compradores de divisas que son "inconsistentes, no alcanza".

"Además, no es el órgano competente en materia cambiaria. Aparte de eso, el acto administrativo tiene que estar fundado. Tiene que decir por qué es inconsistente, para que se ejerza el derecho a defensa", agregó.

La AFIP, "con su actuar, le está vedando a los amparistas en forma arbitraria al acceso al mercado cambiario a los fines de adquirir una vivienda digna", señaló el magistrado.

(DyN)