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03-07-2009

"Red Link" pagará multa de $ 20 mil por retener una tarjeta de débito

La Justicia Federal impuso una multa de 20 mil pesos a "Red Link" por retener la tarjeta de débito de un usuario, sin exponerle con precisión los motivos de la medida.

Al confirmar una resolución de la Dirección Nacional de Comercio Interior, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata dispuso que "Red Link" del Banco Provincia abone una multa de 20.000 pesos por haber retenido en 2004 -y durante 13 días- la tarjeta de débito a un usuario, sin especificarle los motivos de tal medida, infringiendo de este modo dos artículos de la Ley de Defensa del Consumidor.

El tema que motivó la presentación judicial fue que la decisión "no estuvo acompañada de la información oportuna acerca de las razones de la toma de tal medida unilateral, y que generó al usuario una serie de inconvenientes".

Sin embargo, "Red Link" expuso en su descargo que "el bloqueo (y la consecuente captura) de los tres lotes de tarjetas en cuestión -entre las que estaba la del demandante- fue determinado con el único fin de resguardar el patrimonio de los clientes, ya que el sector de Fraudes de la firma detectó ciertas irregularidades en los plásticos utilizados en cajeros automáticos de propiedad del Bapro ubicados en Zárate y Capilla del Señor".

No se acreditaron

las "irregularidades"

Los jueces Alejandro Tazza y Jorge Ferro comenzaron por poner de relieve que si bien no existe relación contractual entre "Red Link" y el usuario, son aplicables las normas de la Ley de Defensa del Consumidor, ya que la Constitución Nacional no se refiere al 'contrato de consumo' sino a los derechos de los consumidores y usuarios 'en la relación de consumo'".

Después rechazaron la justificación de que la medida se tomó "para evitar un mal mayor", porque "no fueron acreditadas las irregularidades invocadas".

Y añadió que "cabe acotar de todos modos que -en realidad- la captura de las tarjetas de los usuarios ante la sospecha de alguna maniobra delictiva de terceros con las tarjetas de débito no tutela en definitiva el patrimonio de los usuarios, porque ante ello hubieran tenido que responder las entidades que brindan el servicio y las compañías de seguro contratadas al efecto (y no el usuario con su patrimonio), pues el deber de seguridad del servicio pesa sobre las entidades que lo ofrecen".

Además, sostuvo que "las condiciones del expediente administrativo serían muy diferentes si la empresa hubiera informado debida y oportunamente al usuario las causas y consecuencias de la captura del plástico".

"La conducta asumida por 'Red Link'- analiza en otro párrafo- dista mucho de ser responsable y diligente, y tampoco es acorde a la buena fe que debe regir este tipo de relaciones".