Todo lo que hay que saber para entender el aumento
Las medidas se tomaron según el Gobierno para atender las importaciones y completar la inyección requerida de gas natural.
El Poder Ejecutivo Nacional estableció modificaciones en relación a las cargos abonados por los usuarios de gas natural. Estas medidas se tomaron según el Gobierno para atender las importaciones y completar la inyección requerida de gas natural. El objetivo fue satisfacer las necesidades para garantizar el abastecimiento interno y la continuidad del crecimiento del país con sus industrias.
Las principales medidas que se tomaron fueron:
- Modificación de tarifa en boca de pozo (aumento a las productoras de hidrocarburo) para así poder incorporar una garrafa social a aquellos usuarios sin posibilidad de tener gas natural por redes.
- Incorporación de cargo específico (Decreto 2067/08) para atender las importaciones de gas natural. Las modificaciones a los cargos tarifarios y precios del gas en boca de pozo dispuestas por la autoridad regulatoria rigen a partir de los meses de septiembre y noviembre de 2008.
- Los aumentos varían según las categorías de clientes.
Las categorías R1, R2.1 y R2.2 no recibirán aumentos de tarifas. La R2.3 y R3.1 sólo tendrán un aumento en el valor del metro cúbico de gas pero no se les aplicará el fondo fiduciario. Las R3.2 en adelante sufrirán el aumento en el valor del metro cúbico y además tendrán un aumento por el nuevo fondo fiduciario, aunque entre el 1 de mayo y el 31 de agosto la categoría R3.2 y R3.3 no será incluida.
Las facturas
La tarifa de la factura de gas posee 4 componentes principales:
- Gas: es el valor que corresponde al fluido que se consume. La distribuidora (Camuzzi Gas Pampeana), no percibe beneficio sobre el mismo, ya que éste se pasa íntegramente al productor de hidrocarburos.
- Transporte: es el valor del servicio que cobran las transportistas para llevar el gas desde la boca de pozo (en cada cuenca productora) hasta las zonas de concesión de cada distribuidora. Camuzzi Gas Pampeana no percibe beneficio, ya que el valor se pasa íntegramente al transportista.
- Distribución: es el valor del servicio de distribución que reciben las empresas.
- Impuestos: son los tributos que han de pagarse al Estado.
- Cargos: son los cargos específicos (como el subsidio patagónico o los Fondos Fiduciarios) que establece la autoridad regulatoria, para ser utilizados con distintos fines. En este caso la distribuidora, actúa como agente de percepción y no percibe beneficio económico.
Cómo saber la categoría
Las categorías se definen en cada nueva factura y se tiene en cuenta el consumo acumulado de los últimos 6 bimestres. Al tomar el total de consumos del período anual, es posible que un cliente pueda cambiar de categoría si varía el consumo entre un período y otro.
El mencionado cargo será identificado en su factura en renglón separado como "Cargo Dec. N° 2067/08" y alcanzará a los clientes a partir de las categorías R3.2.
Por lo tanto, el precio del metro cúbico será: para R3.2 0.135000 pesos. Para R3.3 0.190000 pesos. Y para R3.4 0.270000 pesos
Categorías
Las categorizaciones que rigen para la provincia de Buenos Aires son las siguientes: a la categoría R1 le corresponde un consumo de 500 metros cúbicos, entre 501 y 650 es R2.1°; de 651 a 800, R2 2°; de 801 a 1.000, es R2 3°; de 1001 a 1.250 es R3 1°; de 1.251 a 1.500 es R3 2° y de 1.501 a 1.800 es R3 3°. De 1801 en adelante corresponde la categoría R3 4°.
Cabe consignar que las categorizaciones no son permanentes sino que pueden variar de un bimestre a otro, dependiendo de los consumos realizados en el último año.
