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05-09-2009

IOMA sanciona a médicos que cobran diferenciado

En lo que va del año en la costa atlántica bonaerense suspendieron a ocho profesionales, de los cuales cuatro ya cumplieron la medida y a uno se lo eliminó de la lista de prestadores de servicios.

El Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) impulsa una campaña contra el cobro indebido de valores por encima de los pautados por convenio. Por este motivo, el Directorio sancionó a algunos prestadores, luego de verificar que aplicaron esta práctica ilícita que vulnera los derechos de los afiliados. Los médicos auditores del IOMA, analizaron detalladamente cada caso y continúan desarrollando un trabajo eficaz, que se complementa con el compromiso de los afiliados que denunciaron las prácticas irregulares de las que fueron víctimas, lo que posibilita avanzar en eliminar este tipo de practicas. Una de las medidas recayó en el doctor Ramón Martínez Martínez, de la localidad de San Clemente del Tuyú y adherido a través de Femeba, al que se le aplicó una interrupción contractual de tres meses por percibir aranceles por encima de lo autorizado y reiteración de cobros indebidos. También fue sancionado el doctor Jorge Luis Corti, de la ciudad de Villa Gesell, con una suspensión preventiva de la relación contractual por el término de nueve meses y débito de la facturación incorrectamente presentada, o, si fue abonada, su reintegro a la obra social. Para agilizar la aplicación de las sanciones y evitar la continuidad de los discrecionales manejos de este tipo de prestadores, la obra social provincial decidió hacer uso de la facultad legal, que le permite prescindir de sus servicios profesionales. Así lo establece el artículo 39 del Decreto Reglamentario Nº 7881/84 de Ley 6982: "Cuando al Instituto no le resultare satisfactorio un servicio prestador o profesional adherido, podrá prescindir del mismo pudiendo, cuando lo estime necesario, requerir la conformidad de la entidad prestadora que corresponda, para todo lo cual se deberán arbitrar las previsiones correspondientes en las contrataciones que realice". IOMA entiende que la participación y el compromiso de todos los integrantes de la obra social ayudará a erradicar estas prácticas, y para avanzar en la toma de conciencia es que lanzó en todo el territorio provincial una campaña masiva contra el cobro indebido. El objetivo es que los afiliados conozcan la cobertura a la que tienen derecho y sus beneficios, paguen solamente el valor del bono de consulta, y en caso de que el médico les exija la entrega de una suma extra en efectivo, que pidan una factura y con ella expongan lo sucedido en la delegación correspondiente a su domicilio. Aceptaron propuesta Luego de tres meses de intensas conversaciones, la Agremiación Médica Platense (AMP) firmó el acta acuerdo que la une con el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) por el cual recibirá un aumento del 5 % por todo concepto. El acta acuerdo rubricado por las partes otorga un incremento igual al resto de los prestadores de la provincia. Asimismo el Registro de Prestadores abierto por IOMA se mantiene en suspenso por el término de un año. El mismo oficia de reaseguro prestacional y entrara en vigencia automáticamente ante cualquier medida adoptada en forma unilateral por la Agremiación, que ponga en riesgo la prestación de los afiliados. Con la firma de este acta IOMA puso fin a los acuerdos con todos los prestadores provinciales, manteniendo el equilibrio financiero de la Obra Social de los trabajadores de la Provincia de Buenos Aires. El listado oficial Según informó IOMA, éste es el listado de profesionales y establecimientos médicos sancionados en 2009: * Fernando Ponce, de Mar del Plata: siete meses de interrupción contractual a partir del 23/01/09 y hasta el 23/08/09. * Mario Néstor Carlini, de Necochea: cinco meses de interrupción contractual a partir del 17/02/09 y hasta el 17/07/09. * Nancy Ester Pérez, de Mar del Plata: cuatro meses de interrupción contractual a partir del 06/03/09 y hasta el 06/07/09. * Cristina Ramos, de Gral. Alvarado: treinta días de interrupción contractual a partir del 11/05/09 y hasta el 11/06/09. * Juan Edgardo Allegroni, de Dolores: cesó la relación prestacional con el Instituto en los términos del art. 39 del Decreto Nº 7881/84 reglamento de la ley Nº 6982, a partir del 24/07/09. * Federico Barragán, de Dolores: doce meses de interrupción contractual a partir del 11/01/09 y hasta el 11/01/10. * María Regina Bibbó, de Mar del Plata: seis meses de interrupción contractual a partir del 20/04/09 y hasta el 20/10/09. * Ramón Martínez Martínez, de San Clemente del Tuyú: tres meses de interrupción contractual a partir del 22/07/09 y hasta el 02/10/09.