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28-11-2009

Sanciones por la venta de bebidas en Pinamar

Clausuran a comercios por vender alcohol fuera del horario permitido. A partir de los cambios a la ley provincial 11825 queda prohibido su expendio de bebidas entre las 21 y las 10.

PINAMAR (Corresponsal).- Un total de seis comercios fueron clausurados temporalmente en Pinamar durante la última semana, luego de detectarse infracciones a la nueva legislación provincial en torno a la venta de alcohol.

Específicamente, las sanciones se aplicaron al comprobarse el expendio de este tipo de bebidas después de las 21, horario en que queda prohibida su comercialización. Así lo establece la ley 11825 en su artículo 1° que dispone "en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires la prohibición de venta, expendio o suministro a cualquier título, y la entrega a domicilio de bebidas alcohólicas, para ser consumidas fuera del establecimiento donde se realice la venta, expendio o suministro a cualquier título a partir de las veintiuna (21) horas y hasta las diez (10) horas".

El operativo fue realizado por la policía comunal a instancias del gobierno local. Así, desde la estación se informó que "atendiendo un particular requerimiento del municipio, y en cumplimiento de precisas órdenes emanadas de la superioridad, en el sentido de proveer a un intenso control de venta de bebidas alcohólicas, motivaron que desde esta Jefatura Comunal Pinamar, se dispusiera la realización de inspecciones".

Los efectivos pinamarenses actuaron en conjunto con personal de la Delegación de Investigaciones Villa Gesell.

Las clausuras correspondieron a tres comercios ubicados en la ciudad de Pinamar mientras que los restantes se encuentran en la localidad de Ostende.

En tanto, informó la policía que procedió a infraccionar y clausurar los comercios "a los cuales se les constató el expendio de bebidas alcohólicas posteriormente a las 21, encontrándonos ante una clara infracción al Art. 1º de la Ley 11.825 (modificado Ley 14.050)". a partir de los controles "se inician en todos los casos actuaciones con intervención del Juzgado de Paz Letrado de esta localidad a cargo de Dr. Carlos Alberto Rajcovich".

En el mismo sentido, se anunció que "se intensificarán los controles, así como respecto a las demás conductas infractoras previstas en las leyes de nocturnidad, minoridad y alcohol".

Asimismo, en la normativa queda explícito que los locales bailables "abrirán sus puertas para la admisión hasta la hora dos (02), y finalizarán sus actividades como horario límite máximo a la hora cinco y treinta (5.30). El horario de cierre de actividades podrá modificarse -por excepción- por la autoridad competente fundada en razones estacionales y/o regionales hasta la hora seis y treinta (6.30)".