CERRAR

La Capital - Logo

× El País El Mundo La Zona Cultura Tecnología Gastronomía Salud Interés General La Ciudad Deportes Arte y Espectáculos Policiales Cartelera Fotos de Familia Clasificados Fúnebres
05-06-2011

Interés por la garantía de alquiler que ofrece el Banco Provincia

Para que el locatario pueda acceder a la misma se requiere que perciba sus haberes en la institución. Al propietario, en tanto, se le exige que sea titular de una cuenta corriente o caja de ahorro en la cual se le depositará el monto de la locación.

Tanto en la casa central como en las distintas sucursales del Banco de la Provincia de Buenos Aires comenzaron a recibirse consultas de personas interesadas en acceder a un producto de reciente lanzamiento: la garantía de alquiler que, a sola firma, ofrece la entidad a quienes perciben sus haberes a través del Banco y que se extiende a favor de personas físicas y jurídicas (locadores).

Cabe señalar que para la instrumentación del servicio se establecen también otras condiciones. Una de ellas es que el alquiler mensual no supere el 30% de los ingresos libres del locatario; otra es que el locador sea cliente del Banco y que, en esa condición, posea cuenta corriente y/o caja de ahorro en la cual la entidad le depositará el monto del alquiler convenido.

La operatoria, que es solamente para el alquiler de viviendas únicas, familiares y de ocupación permanente, contempla un contrato máximo de $ 120.000 por un lapso de 24 meses; esto implica que el monto del alquiler que garantiza el Banco es de hasta $ 5.000 mensuales.

Detalles

Al dar a conocer más detalles, el gerente de la casa central, Oscar Darío Martín, dijo a este medio que "el Banco salió a ofrecer un producto que es muy interesante tanto para los inquilinos como para los propietarios; a los primeros se les evita que tengan que buscar una garantía, algo que, además de no ser grato, muchas veces no resulta fácil; a los segundos, en tanto, se les garantiza que, en caso que el inquilino no cumpla, el Banco se hará cargo del pago del alquiler".

En cuanto al costo del servicio, Martín explicó que "la comisión que cobra el Banco (únicamente al inquilino) es el 5,5% del total del contrato el cual puede pagarse en efectivo, al momento de suscribirse el mismo, o bien hasta en 6 cuotas mensuales, sin interés".

Posteriormente señaló que "quien quiera gestionar la garantía debe concurrir a la dependencia del Banco en la que cobra sus haberes; en cuanto al titular del inmueble que se alquila, tiene que presentar la correspondiente escritura.

Por último explicó que "el Banco se encarga de cobrar el alquiler y de depositar el monto de la locación en la cuenta que el propietario tenga abierta en cualquier dependencia de la institución".-