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03-08-2012

Trastornos de los turistas para recuperar sus carné de conducir retenidos

Son visitantes del conurbano y Capital Federal que fueron multados durante su visita a la costa. Ahora deben regresar a Mar del Plata para que le devuelvan la licencia.

os registros se retienen por faltas que son consideradas graves por la Ley de Tránsito

LA PLATA (Corresponsalía).- Perder la licencia de conducir por una infracción en una ruta lejos de casa puede ser más fastidioso de lo que parece. Durante los últimos días hubo varias quejas de personas que pasaron sus vacaciones o un fin de semana largo en Mar del Plata y que ahora se enteraron que deben regresar a la ciudad para recuperar los registros que les retuvieron por haber sido multados mientras conducían.

El incremento en el tránsito durante las vacaciones o los fines de semana largos viene acompañado de un fuerte refuerzo de los operativos de control vial en las rutas y los accesos a las localidades turísticas por parte de la Policía Bonaerense como de Gendarmería Nacional. Y con ellos, la suba en los índices de infracciones de tránsito.

Mil efectivos policiales, 230 puestos de control, radares móviles y fijos, cámaras y celulares inteligentes para controlar el intenso movimientos turístico en las rutas, que en Mar del Plata alcanzó los 300.000 visitantes durante las dos semanas de las vacaciones de invierno.

Lo cierto es que ahora varios conductores que fueron controlados e infraccionados deberán regresar a la ciudad para recuperar su licencia de conducir. ?Lo dice la Ley y no hay otra alternativa?, afirman desde Seguridad Vial, donde reconocen que genera un ?trastorno? pero sostienen que es así porque el que maneja de este modo podría matar a una persona.

Las licencias se retienen por faltas que son consideradas graves por la Ley de Transito. En la mayoría de los casos, el 50%, es por falta de la Verificación Técnica Vehicular (VTV). Pero también por la falta de comprobante de cobertura de seguro vigente; por circular, conducir en contramano, con habilitación vencida, por cédula de identificación del vehículo vencida, violar los límites de velocidad, cruzar semáforos en rojo y manejar alcoholizados o drogados. Los agentes de Provincia son estrictos con el tema y los de Gendarmería mucho más.

Conductores del conurbano bonaerense, de la Ciudad de Buenos Aires y de otras localidades se quejan y piden que al menos sea posible recuperar la licencia en alguna dependencia cercana a su domicilio. El costo de la multa se convierte en un problema menor, ahora deben realizar más de 400 kilómetros en un día de semana hasta la oficina de Tránsito provincial en Mar del Plata o Dolores, según si la infracción fue detectada antes o después del límite entre Maipú y Mar Chiquita.

La Ley de Tránsito estipula que cada juzgado de faltas tiene municipios de su competencia. Así, por ejemplo si un conductor con domicilio en La Plata comete una falta grave por la que se le retiene la licencia, en el partido de Ayacucho, tendrá que ir a buscar su carné al Juzgado de Faltas de Tránsito de Mar del Plata, explicaron desde la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial.

De esta manera las faltas graves con retención de licencia que sean cometidas en Ayacucho, Balcarce, General Alvarado, Mar Chiquita y General Pueyrredon recaerán en el Juzgado con asiento en Mar del Palta.

Si la retención de la licencia se produjo en Castelli, Chascomús, Partido de La Costa, Dolores, General Belgrano, General Guido, General Lavalle, General Madariaga, Maipú, Pila, Pinamar, Tordillo o Villa Gesell, el titular la deberá recuperar en el juzgado con asiento en la ciudad de Dolores.

En la provincia hay siete juzgados administrativos de infracciones de tránsito provincial correspondientes a los departamentos de Azul, Dolores, Junín, La Plata, Lomas de Zamora, Mar del Plata y San Isidro. El que cometió una falta lejos de casa deberá volver a alguno de estos lugares.

A los noventa días destruyen el registro

Cuando se registre una falta grave la Autoridad de Aplicación retendrá la licencia para conducir a los infractores y la reemplazará con la entrega, en ese mismo acto, de la Boleta de Citación del Inculpado. Dicho documento habilitará al inculpado para conducir sólo por un plazo máximo de 30 días corridos, contados a partir de la fecha de su confección.

De inmediato, el agente de tránsito remitirá la licencia para conducir y la denuncia o acta de infracción respectiva al controlador o funcionario que corresponda.

Dentro de los 30 días el infractor deberá optar por pagar la multa o ejercer su derecho a la defensa. En caso de apelar el conductor obtendrá una prórroga de no más de 60 días corridos para poder conducir.

La licencia de conducir será restituida recién cuando sea pagada la multa o por resolución del juez.

Pero si el infractor no se presenta después de los 90 días corridos desde la fecha de la multa se destruirá la licencia retenida y caducará la habilitación para conducir hasta tanto obtenga una nueva licencia.