Durante la temporada se denuncian 180 mordeduras de perros por mes
El 60% de los casos son de razas potencialmente peligrosas. A estos perros, también llamados de extrema fuerza mandibular, se lo debe registrar y ponerle un chip. Hasta ahora sólo 450 propietarios lo cumplieron.
Luis Cesani salió el 27 de mayo del año pasado de su casa en el Bosque Peralta Ramos para juntar de la vereda ramas que pensaba usar en su chimenea para combatir el frío de esa mañana. Cuando llegó a la calle fue atacado por tres perros de su vecino: el anciano de 84 años murió por las graves heridas que sufrió en el abdomen. El caso llegó al extremo, pero los ataques de perros son frecuentes en la ciudad: el pico se produce durante la temporada, cuando denuncian en promedio 180 mordeduras por mes. De esa cifra, casi el 60% de los hechos corresponde a mascotas potencialmente peligrosas, razas que por ley provincial y ordenanza municipal deben ser tenidas por sus dueños con especiales cuidados, entre ellos un microchip para identificarlas.
Los datos de los ataques de perros en Mar del Plata pertenecen al Centro de Zoonosis Municipal. Y durante el resto del año las denuncias llegan en promedio a 150 por mes. Como ocurre en temporada, los perros potencialmente peligrosos son los protagonistas de la mayoría de los casos. "El mayor problema que ocasionan son denuncias por agresiones a personas o a otros perros porque sus dueños no cumplen con las ordenanzas vigentes sobre los cuidados que se deben tener como por ejemplo llevarlos con correa y bozal y tenerlos en lugares de la casa donde no puedan asomarse a la calle y morder a alguien", le explicó a LA CAPITAL Francisco Varela, director de Protección Sanitaria.
-¿Por qué atacan estos perros peligrosos?, le consultó LA CAPITAL a Varela.
- Por lo general, el tema territorial del perro es importante. El perro, como su origen viene del lobo, tiene una cuestión de dominio territorial importante en el cual su territorio es su casa y los alrededores. Esto se ve sobre todo cuando lo dejan suelto en la vía pública porque el perro todo ese territorio lo siente a su cuidado y cualquier individuo, ya sea humano o animal, que ingrese va a intentar sacarlo. Con el tema de la seguridad mucha gente los educa para defender su casa. Y como la territorialidad es una premisa para el perro, ante un tercero que se pueda introducir lo atacan. Y como está preparado para esto, ataca y muerde. Eso es todo un problema.
Las 23 razas que son consideradas potencialmente peligrosas son Airedale Terrier, Akita Inu, American Staffordshire Terrier, American Pitbull Terrier, Bóxer, Bullmastif, Bull Terrier, Cané Corso, Doberman, Dogo Argentino, Dogo Alemán, Gran Danés, Dogo Canario, Presa Canario, Dogo de Burdeos, Fila Brasileño, Gran perro Japonés, Kuvas, Mastiff (Mastín Inglés), Mastín napolitano. También se incluyen al Ovejero Alemán, Ovejero Belga, Pastor del Cáucaso, Rottweiler, San Bernardo, Schnauzer Gigante, Staffordshire Bull Terrier, Viejo Pastor Inglés y las cruzas de las razas nombradas.
Los requisitos para tener un perro potencialmente peligroso están regulados en la ordenanza municipal sobre tenencia responsable de mascotas que fue aprobada a fines del año pasado. Una de las exigencias más importante es la de colocarle a estos perros un microchip para identificarlos.
Ya se han colocado más de 450. Este dispositivo se aplica en 25 veterinarias de la ciudad (la lista puede averiguarse llamando al 475-5563 de 8 a 15). Su valor lo determina cada veterinaria pero puede llegar hasta los 400 pesos ya que debe estar homologado por la Comunidad Económica Europea por lo que el precio está atado a las oscilaciones en la moneda extranjera. "450 microchips aún siguen siendo un universo muy chico en relación a la cantidad de estos perros que hay en la ciudad. Lo que nosotros pretendemos es que haya una tenencia racional de cada uno de ellos", explicó Varela. La implementación de la ordenanza aún está siendo difundida pero en poco tiempo más los dueños que no registren a sus perros serán apercibidos y podrán ser multados.
- ¿Cuál es el nivel de concientización que hay en la sociedad sobre esta ordenanza?, le preguntó LA CAPITAL al director de Protección Sanitaria.
- Estaba vigente la Ley Provincial 14107 sobre perros potencialmente peligrosos. Lo que veníamos hablando con varias instituciones era que para hacerlo más efectivo había que tener una normativa local que reforzara la ley y especificara ciertos puntos como la identificación electrónica. Ahora que ya tenemos la ordenanza vamos a tener que empezar a ajustar el tema e intimar después de un periodo de instrucción. Estamos viendo de convocar a otras áreas de fiscalizaciones municipales para colaborar con las intimaciones. Por ahora, lo que podemos hacer es actuar por denuncias, que tenemos muchas por tenencia de animales peligrosos. Cuando se va a la casa del dueño del perro se le intima a presentarse a los efectos de registrar, identificarlo y demás.
Una vez realizada la identificación electrónica, los propietarios de estas mascotas deberán presentarse en el Departamento de Zoonosis, con el número de microchip y constancia del seguro obligatorio contra terceros que también impone la ordenanza. Con esos datos, la municipalidad le entregará al tenedor del animal la correspondiente credencial donde constará la tramitación realizada. El registro se realiza de lunes a viernes entre las 9 y las 12 en Hernandarias 10200. "En los últimos días los teléfonos no paran de sonar. Las consultas son muchas sobre lo que hay que hacer y qué razas de perros son las más problemáticas", explicó Varela.
Además, la ordenanza especifica las características que debe tener el lugar donde se alberga este tipo de canes, así como las condiciones del propietario, poseedor o tenedor de un perro potencialmente peligroso y/o con extrema fuerza mandibular; debe ser mayor de 18 años y participar de una jornada instructiva dictada por el Centro Municipal de Zoonosis. En cuanto a los perros con extrema fuerza mandibular (PEFM), la ordenanza prohíbe que en una vivienda particular convivan más de dos perros de esta clase. Además prohíbe la "cría clandestina" de mascotas en casas particulares y crea el registro de adiestradores de perros y norma las condiciones en las que los dueños de animales deben tener a sus mascotas.
Asimismo la norma indica que no podrán habitar en una misma residencia más de dos canes potencialmente peligrosos y/o con extrema fuerza mandibular, salvo autorización expresa al respecto emitida por la autoridad de aplicación ni circular por la vía pública con más de dos ejemplares con estas características a la vez".
Por otra parte indica que si un veterinario advierte en el cuerpo del perro, ya sea potencialmente peligroso y/o con extrema fuerza mandibular (PEFM) o no, cualquier tipo de lesión o daño que pudiera haber sido consecuencia de una pelea, deberá informarlo de inmediato a la autoridad municipal competente. "Cuando un perro muerde a una persona, sea registrado o no, sea potencialmente peligroso o un cuzco de barrio, la víctima debe ir al Centro Antirrábico Urbano que funciona en el Centro de Salud 1 en avenida Colón y Salta. Ahí lo revisa el especialista y según el tipo de mordedura, que ya está protocolizado por la Organización Mundial de la Salud, le indican a la víctima qué procedimiento debe hacer", explicó Varela. Y detalló lo que ocurre con el perro: "Si la mordedura reviste observación antirrábica durante 10 días, el dueño debe llevar a su perro durante ese lapso a los caniles municipales o a un veterinario porque en ese lapso el virus puede producir la enfermedad".
Las obligaciones de los dueños de mascotas
Los propietarios, poseedores o tenedores de mascotas tienen distintas obligaciones que están reguladas en la ordenanza municipal sobre Tenencia Responsable de Mascotas.
"Tienen la obligación de mantenerlos en condiciones higiénico sanitarias de bienestar y seguridad, adecuadas a su especie y raza; además de brindar alojamiento, agua limpia suficiente y alimentación, debiéndolos someter a la profilaxis de las enfermedades zoonóticas que se establezcan como obligatorias por la autoridad de aplicación, teniendo como constancia el certificado oficial que deberá ser exhibido ante requerimiento del Centro Municipal de Zoonosis", dice el artículo 11. Y en el 12 agrega: "La persona tenedora de un animal, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria de la persona propietaria, es responsable de los daños, perjuicios y molestias que ocasione su animal a las personas, a otros animales, a las cosas, a los espacios públicos y al medio natural en general, de acuerdo con lo que establezca la legislación vigente".
En tanto, el artículo 13 especifica las prohibiciones vigentes para los dueños, poseedores y tenedores de mascotas.
"Los animales de compañía no podrán tener como alojamiento habitual balcones, terrazas ni vehículos, habitaciones sin ventilación o espacios que no garanticen la salud del animal, evitando además lugares sin luz o en condiciones climáticas inadecuadas. Sólo se mantendrán sujetos en un lugar por causas justificadas y durante un espacio de tiempo limitado, previendo un sistema de sujeción que permita su movimiento, protegiéndolos de los factores climáticos excesivos, con un refugio adecuado contra lluvia, frío y calor", dice el inciso 1 del artículo. Y en el 2 se especifica: "Prohíbese a los dueños, poseedores y tenedores de perros, que los mismas deambulen sueltos en la vía pública y en lugares de uso público no habilitados para tal fin, quedando obligados al uso de correa, collar y bozal".
También se aprobó en el marco de esa ordenanza, la obligatoriedad de crear un Registro de Paseadores de Perros y la norma señala que todos los establecimientos de guarda transitoria (inclusive Zoonosis), como los de residencia habitual de los animales tengan "condiciones de habitación sanitaria adecuada en el lugar donde permanezcan".
Los siete requisitos clave para tener un perro peligroso
Todo propietario, poseedor o tenedor de perro potencialmente peligroso tendrá los siguientes deberes:
1.- Inscribirlo en el Registro Municipal Canino (Remca) antes de que el perro cumpla ocho (8) meses de vida.
2.- Dicho registro se realizará luego de la colocación de microchip, en el cual constará:
- Datos del animal: código de identificación implantado, raza, sexo, fecha de nacimiento, domicilio habitual y su procedencia (criadero, pet shop, etc).
- Datos del propietario o poseedor: nombre y apellido, documento de identidad, domicilio, teléfono, firma y seguro contra terceros.
- Datos del profesional veterinario: nombre y apellido, número de matrícula o legajo y cargo (en caso de ser empleado municipal) y firma.
- Fecha de la implantación y entrega del documento.
- Actualización de datos.
3.- Llevar consigo el certificado expedido por el Centro Municipal de Zoonosis o del Colegio de Veterinarios, donde conste trámite de inscripción realizado.
4.- Los perros potencialmente peligrosos, tanto machos como hembras que no sean reproductores de criaderos debidamente autorizados que presenten antecedentes de denuncias por molestias o mordeduras, deberán estar esterilizados a partir de los siete (7) meses de vida. La autoridad de aplicación, podrá evaluar cada caso en particular, de acuerdo a las condiciones de vida y la agresividad del animal.
5.- Deberán circular por la vía pública con una correa no superior a los dos (2) metros, collar de ahorque y bozal.
6.- Informar en un plazo de 48 horas, los cambios de domicilio, de dueño, sustracción o pérdida de los animales que estén inscriptos como propios, como así también cualquier incidente producido por el can a lo largo de su vida, el cual se hará constar en su registro, que se cerrará con su muerte.
7.- Deberá contratar un seguro de responsabilidad civil para la plena cobertura de la indemnización por los daños y perjuicios que el perro pudiere provocar a terceros, el cual deberá ser presentado en el Centro Municipal de Zoonosis para su registro, dentro de los sesenta (60) días de la inscripción del animal.
