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19-10-2010

"No es un argumento válido practicar la medicina ayurveda"

La asesora de Incapaces, Silvia Fernández, se mostró preocupada porque se sigue retrasando la vacunación de un niño de un año. "Esperábamos que privara el sentido común", dijo. Los padres se niegan a hacerlo porque sostienen que practican la medicina a

por Eduardo Juan Bouisson

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La asesora de Incapaces del Departamento Judicial de Mar del Plata Silvia Fernández manifestó su preocupación "porque el tiempo pasa y todavía no quedó firme la obligación que tienen los padres de vacunar a su hijo para inmunizarlo y prevenir enfermedades. Y no se trata de una cuestión voluntaria nuestra, sino de cumplir simplemente con una ley nacional, fundamentada en un saber científico sustentado por la Medicina en general y la Organización Mundial de la Salud (OMS), que hace obligatorio el plan de vacunación".

De esta forma, la funcionaria judicial se refería a la negativa de los padres de un niño que recién cumplió el año para vacunarlo, fundamentando su postura en que practican "la medicina ayurveda". Sin embargo, Fernández sostuvo: "Consideramos que éste no es un argumento válido porque la medicina ayurveda ha ayudado en la India a extender a todos sus habitantes el plan de vacunación instruido por la OMS".

Asimismo, señaló: "Como asesores de Incapaces representamos al menor que con un año de vida no puede decidir si se va o no a vacunar. Y sus padres, que tienen la patria potestad sobre el pequeño, no pueden esgrimirla para que se respeten sus creencias, porque este instituto es una función en beneficio del niño y no un poder omnímodo sobre él".

Un tema urgente

También, Fernández, que se mostró preocupada por la situación más allá de su cometido judicial, señaló: "Habíamos presentado un recurso ante la Suprema Corte de Justicia, que considerando la urgencia del tema, lo resolvió en menos de dos meses dándonos la razón de lo pedido. Pero no quedó firme porque ahora tendrá que resolver la Corte Suprema de Justicia de la Nación".

Hasta ahora, el máximo Tribunal provincial dispuso que cuando la sentencia quedara firme, el niño debía ser vacunado dentro de un plazo de 48 horas. Y si los padres no acatan la decisión judicial, se tiene que efectuar "bajo apercibimiento de proceder a hacerlo compulsivamente e incluso acudiendo a la fuerza pública".

Todo podría haber quedado en esta instancia, pero como los padres -con la representación legal del defensor oficial Osvaldo Caamaño- apelaron la medida, la causa se elevó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para que resuelva.

Fernández señaló que "esperábamos que privara el sentido común más allá de la obligatoriedad de vacunar a los niños para que esta causa no se mantuviera en el ámbito de la Justicia y se demorara una resolución que disponga la vacunación del menor".

Una reflexión

A la luz de los elementos reunidos en este caso, a quien escribe esta nota le surge una pregunta que la asesora de Incapaces prefiere no responder ya que no quiere poner en tela de juicio la actitud de otro funcionario de la Justicia, a través de una opinión que se publique en un medio, sino que todo lo que tenga que decir lo expondrá a través de las correspondientes presentaciones judiciales.

Dicho interrogante es por qué el defensor Caamaño no trató de disuadir a los progenitores del niño, que no son médicos sino artesanos, manifestándole que el plan de vacunación es adecuado -porque existen ejemplos de sobra que así lo manifiestan- y obligatorio por una ley nacional, sustentada en un saber médico científico, más allá de ideologías que pueden ser respetables, pero que no pueden desestimar la importancia de tales procedimientos.

Si esta práctica dependiera de la voluntad o las creencias de cada ciudadano, no sería trascendente como están resultando por su efectividad las campañas que se hacen a nivel nacional con un cumplimiento cada vez más masivo y, en forma concomitante, con una ostensible disminución de casos de enfermedades.

Además, lo que es aún más reprobable es que los padres están decidiendo sobre un tercero: su hijo, al que en esta etapa de su vida, caracterizada por su mayor vulnerabilidad para cumplir de manera responsable con su rol, deben prestarle todos los cuidados y asistencia que necesita.

Si tal actitud reviste gravedad, todavía lo es más que un defensor oficial en vez de desestimarla y de actuar haciéndoles ver la inconveniencia de no vacunar a sus hijos, la sostenga y la fomente sin sopesar la responsabilidad que le podría acarrear en caso de que el niño se enferme por no haber sido vacunado en el momento oportuno.

Por eso, no parece un fundamento muy sólido para presentarse ante la Corte afirmar que "el chico está bien y no sufre ninguna enfermedad", cuando la vacuna lo que hace es prevenir que se produzcan enfermedades. Y posiblemente este profesional no cuenta con los conocimientos médicos o totalmente certeros como para asegurar que el menor mantendrá su salud, con prácticas alternativas y sin cumplir a pie juntillas con el cronograma de vacunación .