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La Ciudad 22 de agosto de 2017

Sigue sin reglamentación la ordenanza sobre desfibriladores obligatorios

El concejal Cristian Azcona, impulsor de la iniciativa, cuestionó que "el Ejecutivo no está respetando este marco legal que permite salvar vidas”.

El Concejo aprobó la ordenanza hace dos años.

El presidente del bloque de concejales del Frente Renovador, Cristian Azcona, cuestionó que a poco de que su cumplan dos años de su aprobación, el Ejecutivo aún no haya reglamentado la ordenanza que establece como requisito para los espacios de concurrencia de público en el Partido de General Pueyrredon la capacitación del personal en Reanimación Cardio-Pulmonar (RCP) y la obligatoriedad de contar con desfribiladores.

La ordenanza impulsada por Azcona se aprobó por unanimidad en noviembre de 2015 y establece la obligatoriedad de disponer cardio desfibriladores a lo largo y ancho de Mar del Plata y Batán.

“Es insensible poner en riesgo a la población de adultos mayores de la ciudad, una de las más altas del país y también la vida de jóvenes y turistas que concurren a diversos eventos masivos, tratándose de una importante medida de prevención consensuada por el Concejo que hace un año y nueve meses espera que haya voluntad política del Ejecutivo”.

La mencionada ordenanza establece que deben existir espacios cardio-asistidos y una sólida cadena de supervivencia ante un caso de paro cardíaco súbito.

“Desde el Frente Renovador exigimos que el Departamento Ejecutivo reglamente en forma urgente esta ordenanza que fue aprobada hace ya 21 meses y que no puede seguir durmiendo en un papel”, manifestó Cristian Azcona.

En el mismo sentido, el concejal ejemplificó que además de promover la capacitación en Reanimación Cardio-Pulmonar, “sería muy importante que los desfibriladores estén presentes en grandes eventos que se realizan en la ciudad, porque son parte de una concientización que debe poner en marcha el Municipio como establece la ordenanza para ayudar a salvar vidas”.

Cabe señalar que la normativa establece la presencia de los dispositivos como “requisito para la habilitación y funcionamiento de locales y/o espacios y/o eventos con concurrencia masiva de público”.

Y expresa además que se cuente con “un plan de respuesta a emergencias que incluya capacitación de personal en RCP y como mínimo un Desfibrilador Externo Automático”, instrumento apto para que cualquier persona con conocimientos básicos en RCP pueda asistir a otra persona que esté sufriendo una muerte súbita.

También quedó establecida su obligatoriedad en “espacios públicos o privados del Partido de General Pueyrredón donde exista una afluencia de público media diaria que alcance o supere las 1000 personas”.

Por último, el concejal Azcona insistió en la importancia “no dejar pasar más tiempo y que el Departamento Ejecutivo pase a reglamentar y poner en funcionamiento la ordenanza que el Concejo Deliberante sancionó hace ya un año y 9 meses, debido al marco regulatorio que brinda para salvar la vida de vecinos y turistas en el Partido de General Pueyrredon”.



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