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Policiales 20 de julio de 2025

El “Caso Gianelli” llega a la Suprema Corte bonaerense

El máximo tribunal provincial hizo lugar a una queja presentada por los abogados César Sivo y Romina Merino, en representación de un grupo de víctimas, y revisará la absolución de la exdocente Analía Schwartz. En 2023 había sido sobreseída por el Tribunal de Casación Penal, luego de haber sido condenada a 10 años.

Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires.

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires admitió un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y ordenó la revisión del fallo absolutorio dictado por el Tribunal de Casación Penal que benefició a la exdocente Analía Verónica Schwartz en el marco de la causa por abuso sexual infantil en el Colegio Gianelli.

El caso se inició en 2013 y tuvo como imputada a Schwartz, quien ya afrontó dos juicios: en el primero fue absuelta y en el segundo recibió una condena de 10 años de prisión por dos hechos de abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción de menores, agravados por su rol como docente. Sin embargo, la Sala V del Tribunal de Casación anuló esa sentencia y la absolvió por todos los cargos.

Ante esa resolución, los abogados César Sivo y Romina Merino, en representación de un grupo de particulares damnificados, interpusieron un recurso extraordinario, que fue rechazado por Casación. Frente a ello, presentaron una queja ante la Suprema Corte, que fue finalmente aceptada. Según el máximo tribunal provincial, el recurso de inaplicabilidad de ley había sido denegado de manera incorrecta.

En su resolución, los jueces Hilda Kogan, Sergio Gabriel Torres, Manuel Alberto Bouchoux y Daniel Fernando Soria sostuvieron que los agravios expuestos por los representantes de las víctimas fueron formulados con la carga técnica suficiente, y que versaban sobre aspectos relevantes del caso, como la supuesta valoración arbitraria de la prueba, la omisión en el tratamiento de evidencia clave y la fundamentación aparente del fallo que absolvió a la acusada.

La Corte recordó que, si bien en general las cuestiones vinculadas a la valoración de prueba no habilitan la instancia extraordinaria, cuando se alega arbitrariedad o violación de garantías constitucionales, corresponde habilitar la revisión por parte de un tribunal superior porque podría haberse violentado indirectamente el debido proceso .

De todos modos, la resolución no se pronuncia sobre el fondo del caso ni revoca lo resuelto por Casación, sino que admite el recurso para que sea tratado en instancia posterior, en línea con lo establecido por la Constitución nacional y la ley 48.

Cómo sigue la causa

La queja presentada por Sivo y Merino es un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, es decir, un planteo que permite a la Corte revisar una sentencia cuando se considera que no se ha aplicado correctamente la legislación vigente.

El fallo no modifica la absolución de Schwartz, pero habilita a que el recurso sea tratado formalmente. Es un paso procesal clave que podría abrir la puerta a una futura revisión del fallo absolutorio.

El recurso deberá ahora ser analizado nuevamente, y si la Suprema Corte lo considera procedente en su contenido, podría dejar sin efecto la absolución y ordenar que se dicte un nuevo pronunciamiento.

Por otra parte, si la Suprema Corte considera que la absolución de Casación es correcta, al haber entendido que podría existir una “cuestión federal” por una absurda valoración de las pruebas, deja la posibilidad a los abogados de la víctima de presentarse en la última instancia: la Corte Suprema de la Nación.

Un camino judicial de más de 10 años

Vale recordar que la maestra había sido imputada en septiembre de 2013 de los delitos de abuso sexual y corrupción de menores. Tras un juicio oral realizado en 2017, fue declarada absuelta, pero la la Suprema Corte ordenó la realización de un nuevo debate en la que la condenaron a 10 años.

Posteriormente, la defensa de Schwartz, encabezada por las letradas Patricia Perelló y Mariana Fardin, interpusieron un recurso de apelación y Cámara de Casación Penal decidió absolverla nuevamente. En ese marco, Sivo y Merino -en el rol del particular damnificado- protestaron y cuestionaron la valoración de la prueba realizada, pero los jueces declararon sus posturas como inadmisibles.

De esta forma, al caso llegó a la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires y, eventualmente podría llegar a la Corte Suprema de la Nación.

El derrotero judicial de Schwartz se había iniciado  el 7 de septiembre de 2013, cuando un grupo de padres de niños y niñas de entre 3 y 5 años del centro educativo ubicado en la avenida Fortunato de la Plaza se presentaron en la Comisaría de la Mujer para denunciar a la docente de música Analía Schwartz. Contaban entonces con la información que sus hijos, alumnos del jardín de infantes de la institución, les referían sobre juegos en la hora de música, como quita de prendas de vestir, “secretos”, lo que llevó a los padres a formarse la idea de que sus hijos eran abusados.

Casi un año después, el fiscal Fernando Castro -ya jubilado- imputó a la docente y en 2017 se llegó a un juicio en el Tribunal Oral N° 1, integrado por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale. Más tarde, el 16 de mayo de 2017, y tras varias semanas de debate, los magistrados rechazaron las imputaciones y absolvieron de forma unánime a la maestra de música.

Los abogados querellantes apelaron y la Cámara de Casación Penal, primero, y luego la Suprema Corte, anularon la sentencia, tras lo cual se dispuso que se realizara nuevamente el juicio oral, que comenzó finalmente en octubre del 2022 y la condena de los jueces Néstor Conti, Alexis Simaz y Roberto Falcone se conoció el 6 de enero de 2023. Ellos  consideraron que los acusadores no pudieron demostrar con pruebas contundentes la totalidad de los casos juzgados, por lo que la condena de 10 años es solo por uno de los hechos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado y los nueve de promoción a la corrupción de menores agravada que se desprenden de ese delito. Mientras que por los otros hechos de abuso sexual y corrupción de menores fue encontrada inocente y la absolvieron.