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Policiales 13 de agosto de 2025

El vínculo con Mar del Plata del fiscal condenado por encubrir a su sobrino narco

Un exfiscal protegió y ayudó a miembros de la banda denominada “Narcochetos 2” bahiense en la que estaba involucrado un sobrino. Fue en el año 2017, cuando integraba una comisión para investigar un ataque en Mar del Plata contra el presidente Mauricio Macri.

Alejandro Cantaro era el fiscal general de Bahía Blanca al mismo tiempo que su sobrino integraba una banda dedicada a la venta de estupefacientes en boliches y fiestas electrónicas. También por esos años había sido designado para investigar un grave hecho en Mar de Plata: nada menos que la agresión al entonces presidente Mauricio Macri.

Eso sucedió en el pasado, en el presente el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) de Bahía Blanca lo condenó a 6 años de prisión por haber protegido a la denominada banda de los “Narcochetos 2”, dedicada al narcotráfico en esa ciudad del sur bonaerense e integrada por uno de sus sobrinos.

Los jueces Ernesto Sebastián, Alejandro Silva y Simón Bracco consideraron al exfiscal como partícipe primario del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercio agravado por haber sido cometido por un funcionario público encargado de la prevención o persecución del delito atribuido.

Asimismo, el tribunal ordenó su detención -aunque permanecerá en libertad hasta que el fallo quede firme-, la imposición de una multa de 472 unidades fijas y la inhabilitación absoluta y especial de 10 años para ejercer cualquier tipo de cargo o función pública.

En 2023, Cántaro había sido absuelto por el TOCF bahiense, pero el nuevo fallo se dio ahora en el marco de un proceso de reenvío ordenado en diciembre pasado por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal que revocó aquella absolución al hacer lugar a un recurso interpuesto por el fiscal general ante el Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca, Gabriel González Da Silva, sostenido en esa instancia por el fiscal general Mario Villar.

Si bien dicha decisión fue recurrida por la defensa particular de Cantaro, la Cámara lo declaro inadmisible. Aquello motivó la articulación de la queja ante la Corte Suprema de Justica de la Nación, que el 19 de junio pasado la desestimó y dejó firme lo resuelto en la instancia casatoria.

A Cantaro, por entonces fiscal general ante la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, el Ministerio Público Fiscal le atribuyó haber ayudado a los miembros de la banda “Narcochetos 2” -en particular, a su sobrino Sebastián Gauna San Millán y a Facundo Texido-, entre el 22 de marzo del 2017 y 14 de abril del 2018, cuando él, por su cargo, estaba encargado de investigar y perseguir tales delitos.

En agosto de 2016 había sido designado junto a Mónica Cuñarro y Marcelo Molina para investigar las amenazas y ataques sufridos por el presidente Mauricio Macri y la gobernadora María Eugenia Vidal en un acto en el barrio Belisario Roldán de Mar del Plata.

De hecho, este trío de funcionarios cuestión al juez Alfredo López, a cargo de la investigación local, quien a su vez había hecho lo mismo con varios fiscales marplatense. Lo que subyacía en esa triple confrontación era diferencias ideológicas notorias de dos de las partes y López.

Fallo

En el fallo condenatorio, el tribunal remarcó la omisión recurrente por parte de Cantaro de solicitar, en la causa que investigaba, la intervención telefónica de su sobrino Gauna San Millán “pese a la abundante evidencia que lo vinculaba directamente con las actividades de narcotráfico investigadas”. En ese sentido, los jueces indicaron que “constituye un elemento de convicción que refuerza la tesis acusatoria respecto de la necesaria intervención de Cantaro en la protección y favorecimiento directo de la organización criminal denominada ´Narcochetos 2´”.

“La contribución de Cantaro durante el período imputado, entre el 22 de marzo del 2017 y el 14 de abril 2018, estuvo centrada medularmente en aportarles información esencial para que operaran sin ser descubiertos; posibilitándoles tomar recaudos en sus conversaciones telefónicas; y, en el caso particular de su principal protegido (Sebastián Gauna San Millán), ofrecerle la posibilidad de eludir la investigación de la justicia fugándose a la provincia de Córdoba”, sostuvo el tribunal.

A su vez, los jueces indicaron que “el aquí juzgado, en su carácter de fiscal general de la jurisdicción, Fiscal Coordinador de Distrito y máximo responsable del Área de Delitos Complejos a nivel local, fue destinatario de una confianza especial por parte del Estado, quien le confirió una situación de privilegio institucional”.

Por último, remarcaron que “la deslealtad institucional puesta de manifiesto por el encartado, al reconfigurar su ámbito de competencia funcional, adaptándolo para favorecer los intereses de la organización criminal en lugar de perseguir sus actividades conforme a sus deberes a cargo, justifica la mayor punición en tanto supone un ejercicio abusivo de la función pública legalmente encomendada”.

“Esta particular traición al mandato Constitucional no sólo compromete la credibilidad del sistema de justicia, sino que pervierte los fines mismos para los cuales fue investido de tan alta responsabilidad”, concluyó el tribunal.