El RENAR fijó un nuevo régimen para armas semiautomáticas
La resolución publicada en el Boletín Oficial endurece los requisitos para adquirir y registrar armas derivadas de uso militar y exige mayores controles a legítimos usuarios y entidades de tiro.
El Registro Nacional de Armas (RENAR) aprobó un nuevo régimen que regula la adquisición y tenencia de armas semiautomáticas alimentadas con cargadores removibles tipo fusil, carabina o subametralladora de asalto derivadas de armas militares, a través de la Resolución 37/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La medida establece que los legítimos usuarios y entidades de tiro deberán cumplimentar requisitos específicos, como acreditar la titularidad del material, disponer de un sector de guarda homologado, presentar declaración jurada e integrar elementos probatorios sobre probados usos deportivos. Se especifica que la autorización alcanzará a armas de calibre superior al .22 LR, bajo un régimen de control especial.
Entre las condiciones para obtener la autorización figuran contar con al menos cinco años como legítimo usuario y carecer de antecedentes o sanciones. El trámite estará sujeto al pago de una tasa equivalente a la prevista para la “Tenencia Express” y la Tarjeta de Consumo de Municiones.
El nuevo régimen reemplaza normas anteriores y busca, según la autoridad, ordenar y transparentar la tenencia responsable de materiales considerados de uso condicional, conforme al marco legal vigente en materia de armas y explosivos.
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