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El País 31 de julio de 2026

ARCA prorrogó el régimen que frena ejecuciones fiscales contra entidades sin fines de lucro

La suspensión estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 y también alcanza a contribuyentes del sector salud.

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió hasta el 31 de diciembre de 2026 la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares para las entidades sin fines de lucro -asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas, mutuales, cooperadoras y otras- y para los contribuyentes pertenecientes al sector salud.

La suspensión, que vencía este viernes queda ahora vigente hasta el cierre del ejercicio fiscal, según la resolución a la que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas y la medida tiene su origen en la Resolución General 5.628 de ARCA, dictada en diciembre de 2024 al amparo de la Resolución 1.445 del Ministerio de Economía de esa fecha.

Desde entonces fue prorrogada en dos ocasiones: mediante la RG 5.736 -que la extendió hasta el 31 de diciembre de 2025- y mediante la RG 5.806, que la extendió hasta el 31 de julio de 2026. Esta tercera prórroga responde a la Resolución 1.158/2026 del Ministerio de Economía.

La norma aclara expresamente que la suspensión “no obsta al ejercicio de las facultades de esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero en los casos de grave afectación de los intereses del Fisco, caducidad de instancia o prescripción inminente.”

Esa reserva permite a ARCA actuar de oficio cuando el crédito fiscal esté en riesgo de prescribir, aunque el contribuyente sea una entidad del sector salud o sin fines de lucro cubierta por la suspensión general.