El Colegio de Arquitectos planteó serias objeciones a la creación del Régimen de Regularización Simplificada de Construcciones no Declaradas.
A raíz del Proyecto de Ordenanza para la creación del Régimen de Regularización Simplificada de Construcciones no Declaradas en el Partido de General Pueyrredon, de los concejales Angélica Haydeé González y Guido Hernán García, el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires Distrito 9 presentó una nota dirigida a la titular del Honorable Concejo Deliberante, Dra. Marina Sánchez Herrero.
Suscripta por el presidente y el secretario de la institución, arquitectos Diego Domingorena y Leandro Zapata respectivamente, manifiestan su preocupación por los diversos defectos, incompetencias y riesgos de su aprobación.
Los profesionales sostienen que “dicho proyecto avasalla incumbencias profesionales de arquitectos y arquitectas matriculados/as“, al simplificar el trámite de la presentación del plano sin permisos. Reduciendo a una “cédula catastral” y reemplazando la documentación técnico – constructiva que establece el Reglamento General de Construcciones. Coloca al municipio como garante técnico de la seguridad de las construcciones, asumiendo una función que no le es propia, ni le corresponde asumir. Además de desconocer obligaciones profesionales y previsionales reguladas por normas provinciales de jerarquía superior.
“Preocupación”
En la misiva señalan que “vemos con preocupación la posibilidad de su implementación porque no solo vulnera las incumbencias de nuestra matrícula y la de las profesiones con las que las compartimos, sino que también se contrapone a normas municipales, provinciales y de responsabilidad jurídica del municipio.
Entre otros aspectos, los profesionales señalaron que “la aprobación de un régimen de regularización que prescinde de la firma de profesionales con incumbencias y del visado colegial, traslada a la Municipalidad una responsabilidad que la normativa vigente impone a los arquitectos e ingenieros. En los hechos, el municipio se coloca como garante técnico de la seguridad de las construcciones, asumiendo una función que no le es propia, ni le corresponde asumir”.
“Ello genera un riesgo de responsabilidad, ya que cualquier daño que se produzca en una o por una obra “regularizada” podría ser reclamado al municipio por omisión de los controles que la normativa urbanística y constructiva exige”, agregaron.
En otro orden, plantearon que “los funcionarios que emitan certificados que declaren “regularizada” una obra sin respaldo técnico corren riesgo de responsabilidad penal (arts. 248 y 293 CP) e, incluso, podrían tener que responder por estrago u homicidio culposo en caso de siniestros vinculados a la omisión de controles técnicos esenciales”.
“Si bien el HCD puede modificar ordenanzas locales, no puede desconocer obligaciones profesionales ni previsionales reguladas por normas provinciales de jerarquía superior. El proyecto de ordenanza, en su redacción actual, resulta incompatible con el marco normativo vigente y genera riesgos jurídicos y técnicos para el municipio”.
Por otro lado, sin la documentación técnica que implica la existencia de un plano y un informe firmado por un profesional con incumbencias, es imposible determinar su reglamentariedad y si afecta a la seguridad y salubridad pública”.
Finalmente puntualizaron “que el verdadero rol del Estado es velar por la seguridad y salubridad pública, sancionar a quienes realizan actos reñidos con la normativa y favorecer a quienes la cumplen, y por sobre todo facilitar las tramitaciones a los contribuyentes proveyendo a las dependencias correspondientes de capacidad operativa para que las tramitaciones se realicen en el tiempo y forma”.