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Policiales 12 de julio de 2018

Así operaba la organización que tramitaba y vendía licencias de conducir en forma irregular

Reconstrucción de los hechos de acuerdo a la investigación del ministerio público fiscal y de lo surgido del debate oral y público.

Para los jueces Alexis Leonel Simaz, Néstor Jesús Conti y Roberto Falcone las cosas están más que claras. Por ello es que resolvieron de forma unánime las distintas condenas. Juan Carlos Belmonte lideraba una banda organizada para tramitar y expedir ilegalmente licencias de conducir en el ámbito del Municipio del Partido de General Pueyrredon-Batán.

Según consta en la sentencia a la que tuvo acceso LA CAPITAL “la organización, liderada por el propio jefe de la repartición pública en el Distrito Descentralizado “El Gaucho” de dicho municipio y Jefe de la División Licencias de conducir, manejo defensivo y accidentología, sito en Avenida Juan B. Justo Nro. 5665, se conformaba a partir de los distintos aportes criminosos de personas que han sido debidamente individualizadas, todos funcionarios y empleados municipales con distinto rango y jerarquía dentro del escalafón de la administración pública, a los que deben añadirse otros individuos que, fuera del ámbito de dicha administración, completaban el esquema ilegal que se había pergeñado para la comisión de delitos”.

Al analizar el robusto cuerpo probatorios, los jueces comprendieron que “por un lado, los denominados entre los mismos miembros de la organización como “punteros” -en particular Guillermo Alberto Castellanos, Daniel Fortunato Mostafa, Ester Carolina Bonfini, Carlos Cobos, Roberto Carlos Bosch,  Daniel Eduardo Celano y Eduardo Gabriel Cacciavillani- eran quienes se dedicaban a captar personas que necesitaban tramitar licencias de conducir salteando los pasos regulares, éstos derivaban al solicitante a otro miembro de la organización que cumplía funciones en algunos de los boxes del Distrito Descentralizado “El Gaucho” entre los que se encontraban Sabrina Soria, Sabrina Morel, Leda Araya, Brenda Burgos Calle, Esther Machín, Valeria Gordon, Laura Monopoli y éstas, obviando el legal sistema informático de turnos implementado por el Municipio, iniciaban formalmente y de manera irregular el trámite. Además, en la continuidad de la tramitación ilegal para la obtención, renovación o ampliación de la licencia de conducir, la hoja de ruta de cada trámite -la cual debía siempre permanecer en poder del solicitante- llegaba a poder de los examinadores -prácticos o teóricos- que eran contactados previamente por los ‘punteros’.”

Juan Carlos Belmonte, hoy en el juicio.

Juan Carlos Belmonte, hoy en el juicio.

Luego de eso, los funcionarios -entre los que se encontraban Marcelo Martínez, Verónica Benedetti, Marcelo Véliz, Raúl Hernández, Víctor Tosetti, Jorge Rubilar, Fernando Peña, Viviana Pared y Luis Alberto Belmonte- “omitían recibir los exámenes teóricos o prácticos, según el caso, e introducían manifestaciones falsas en los instrumentos públicos consignando que los exámenes fueron rendidos o que fueron rendidos para determinada categoría, dando fe de hechos que jamás habían ocurrido”.

Por su parte, el médico Alberto Carlos Zelaschi, “también funcionario municipal efectuaba aportes criminosos a la organización omitiendo, en algún caso, efectivizar las legítimas examinaciones médicas que los actos administrativos vinculados a la tramitación de licencias de conducir exigen, o bien, introduciendo manifestaciones falsas en los mismos”.

El último eslabón que reconoce en la reconstrucción de los hechos la Justicia es Juan Carlos Belmonte, quien “concluía los actos administrativos suscribiendo las autorizaciones pertinentes, permitiendo con ello que cada solicitante  obtuviera de manera ilegal una licencia de conducir, su renovación o su ampliación”.

Para los jueces, todas las personas intervinientes, incluso el nombrado jefe, “percibían de manera indebida sumas de dinero por los aportes que hacían en cada caso en el circuito criminal”

SENTENCIA17

Las  condenas y los delitos

 Juan Carlos Belmonte: fue condenado como jefe de la asociación ilícita y co autor de asociación ilícita por resultar autor penalmente responsable de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público,  cohecho pasivo, falsedad ideológica de documento público  y tenencia ilegal de arma de uso civil y se le impuso la pena de 14 años de prisión, accesorias legales y costas del proceso, e inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos públicos.

Alberto Carlos Zelaschi: fue condenado como coautor del delito de asociación ilícita, por ser autor penalmente responsable de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica de documento público en concurso ideal (23 hechos), y se le impuso pena de 11 años de prisión, accesorias legales y costas del proceso e inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos públicos.

Viviana Beatriz Pared: fue condenada como coautor del delito de asociación ilícita, por resultar autora penalmente responsable de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica de documento público en concurso ideal entre si (36 hechos), y cohecho pasivo (3 hechos), y se le impuso la pena de 7 años de prisión, accesorias legales y costas del proceso e inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos públicos.

Fernando Eduardo Peña: fue condenado como coautor del delito de asociación ilícita, como autor penalmente responsable de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica de documento público en concurso ideal (29 hechos), incumplimiento de los deberes de funcionario público (1 hecho) y cohecho pasivo (11 hechos) y se le impuso la pena de 7 años de prisión, accesorias legales y costas del proceso, e inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos públicos.

Luis Alberto Belmonte: fue condenado como coautor del delito de asociación ilícita, por ser autor penalmente responsable de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica de documento público en concurso ideal (46 hechos), incumplimiento de los deberes de funcionario público (1 hecho) y cohecho pasivo (32 hechos), y se le impuso la pena de 7 años y 6 meses de prisión, accesorias legales y costas del proceso  e inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos públicos.

Leda Raquel Araya: fue condenada como coautor del delito de asociación ilícita, como autora penalmente responsable de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público (55 hechos), y cohecho pasivo (6 hechos), y se le impuso la pena de 5 años y 6 meses de prisión, accesorias legales y costas del proceso e inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos públicos.

Verónica Noemí Benedetti:  fue condenada como coautor del delito de asociación ilícita, por ser autora penalmente responsable de los delitos de falsedad ideológica de documento público e incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso ideal (21 hechos) y se le impuso la pena de 5 años y 6 meses de prisión, accesorias legales y costas del proceso  e inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos públicos.

Raúl Ernesto Hernández: fue condenado como coautor del delito de asociación ilícita, por ser autor penalmente responsable de los delitos de falsedad ideológica de documento público e incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso ideal (32 hechos), y cohecho pasivo (1 hecho) y se le impuso la pena de 6 años de prisión, accesorias legales y costas del proceso e inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos públicos.

Sabrina Aylén Soria: fue condenada como coautor del delito de asociación ilícita, por ser autora penalmente responsable de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público (48 hechos), y cohecho pasivo (30 hechos) y se le impuso la pena de 5 años y 6 meses de prisión, accesorias legales y costas del proceso e inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos públicos.

Ester Carolina Bonfini: fue condenada sólo por el delito de asociación ilícita y se le impuso la pena de 4 años de prisión, accesorias legales y costas del proceso e inhabilitación para ejercer la gestoría por el mismo plazo de la condena.