Bariloche: habilitan actividades vinculadas al turismo como “prueba piloto” para una reapertura
Así lo estableció el gobierno nacional a través de la Decisión Administrativa 1819/2020 publicada en el Boletín Oficial. En los anexos de la norma, se puntualiza que se establecerá "un cupo de admisión de turistas" así como "de duración máxima de la estadía" junto a "requisitos de ingreso a la localidad".
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Los lagos Nahuel Huapi y Gutiérrez son epicentros de las actividades náuticas en Bariloche.
El Gobierno nacional exceptuó hoy del cumplimiento del aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO) a actividades que habían sido prohibidas en la ciudad de San Carlos de Bariloche, en la provincia de Río Negro, vinculadas con una “prueba piloto” de cara a una posible reapertura del turismo.
Así lo estableció a través de la Decisión Administrativa 1819/2020 publicada en el Boletín Oficial, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del ministro de Salud, Ginés González García.
En los anexos de la norma se puntualiza que se establecerá “un cupo de admisión de turistas” así como “de duración máxima de la estadía” junto a “requisitos de ingreso a la localidad”.
Las autoridades destacan que la aprobación de la realización de estas actividades en forma piloto “serviría como prueba para la posterior amplificación de la apertura de San Carlos de Bariloche y de otras localidades de la Argentina”.
En tanto, se recuerda que “el turismo es uno de los principales pilares económicos de la Provincia de Río Negro” y esa ciudad en particular.
Las acciones deberán estar enmarcadas en el protocolo aprobado por la autoridad sanitaria nacional, al tiempo que se deberá garantizar la organización de turnos, los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de Covid-19.
Los responsables de los lugares donde se desarrollen las actividades autorizadas deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado para preservar la salud de sus trabajadoras/es, y que estas y estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros.
Asimismo, las personas alcanzadas por la decisión deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid-19.
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