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Policiales 8 de octubre de 2026

Caso Melmann: los tres condenados a perpetua ya pueden pedir la libertad condicional

Ricardo Anselmini, Oscar Echenique y Ricardo Suárez fueron condenados por el rapto, abuso sexual y homicidio de la adolescente, ocurrido en Miramar en febrero de 2001. La Sala I rechazó el planteo de sus defensas para que se establezca que las penas ya están agotadas y confirmó que los cinco años comenzarán a computarse cuando eventualmente obtengan la libertad condicional.

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La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Mar del Plata confirmó que Ricardo Alberto Anselmini, Oscar Alberto Echenique y Ricardo Alfredo Suárez, condenados a reclusión perpetua por el homicidio de Natalia Melmann, ya cumplieron el requisito temporal que les permite solicitar la libertad condicional, aunque rechazó el planteo de sus defensas para considerar agotadas las penas.

La resolución fue dictada por la Sala I de la Cámara en el marco de la causa 30.571, iniciada a partir de la apelación presentada por las defensoras Patricia Perelló y Mariana Fardín contra una decisión del juez de ejecución penal del 17 de junio de 2026.

Los tres condenados cumplen penas de reclusión perpetua por su responsabilidad como coautores de los delitos de rapto, abuso sexual con acceso carnal agravado por la pluralidad de personas y homicidio criminis causa, cometidos el 4 de febrero de 2001 en Miramar, en perjuicio de Natalia Melmann.

La discusión que llegó ahora a la Cámara no estuvo centrada en la responsabilidad de los condenados por el crimen, sino en cuándo se considera agotada una pena perpetua y desde qué momento debe comenzar a computarse el período de cinco años previsto por la ley.

Las defensas habían planteado que la interpretación realizada por el juez de ejecución podía convertir la prisión perpetua en una pena de duración indefinida. Sostuvieron además que sus asistidos llevaban años en condiciones de acceder a la libertad condicional y reclamaron que se estableciera con precisión la fecha de vencimiento de las penas.

En ese sentido, señalaron que Anselmini está habilitado temporalmente para solicitar la libertad condicional desde el 29 de noviembre de 2021, Echenique desde el 7 de diciembre de 2021 y Suárez desde el 7 de junio de 2021, de acuerdo con los distintos cómputos reconocidos por resoluciones anteriores de la Justicia.

Los representantes de los particulares damnificados, Laura Calampuca y Gustavo Melmann, se opusieron al planteo de las defensas. Sostuvieron que el cumplimiento del requisito temporal no implica automáticamente la concesión de la libertad condicional, sino que constituye uno de los presupuestos que deben ser evaluados por la Justicia.

La Cámara coincidió con ese criterio

Los jueces remarcaron que, de acuerdo con la legislación aplicable al caso —los hechos ocurrieron en 2001, antes de las modificaciones posteriores del Código Penal—, el requisito temporal para acceder a la libertad condicional es de 20 años de prisión, y no de 35.

Sin embargo, aclararon que haber alcanzado ese plazo no significa que la pena perpetua quede automáticamente agotada.

Para la Sala I, el plazo de cinco años previsto para las penas perpetuas comienza a correr desde el día en que se concede la libertad condicional. Por ese motivo, rechazó el intento de las defensas de sumar esos cinco años desde el momento en que cada uno quedó habilitado para solicitar el beneficio.

Los jueces también analizaron el denominado “derecho a la esperanza”, invocado por las defensas a partir de un precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación conocido como “Guerra”. Según explicaron, ese caso se refería a una situación diferente, en la que una prohibición legal impedía acceder a la libertad condicional y dejaba al condenado sin una expectativa jurídica de recuperar la libertad.

En el caso de los condenados por el homicidio de Natalia Melmann, la Cámara entendió que esa situación no se presenta porque los tres tienen habilitada la posibilidad de solicitar la libertad condicional y sus pedidos deben ser analizados judicialmente según las circunstancias existentes al momento de cada presentación.

Así, la Sala I confirmó la resolución del 17 de junio de 2026 que estableció que las penas impuestas a Anselmini, Echenique y Suárez se agotarán cinco años después de que obtengan la libertad condicional, siempre que ese régimen no sea revocado.

La decisión vuelve a poner en escena la situación de los tres hombres que cumplen condenas perpetuas por uno de los crímenes más recordados de la historia judicial de la región: el secuestro, abuso sexual y asesinato de Natalia Melmann, ocurrido en Miramar cuando la adolescente tenía 15 años.