La Ciudad

Cautelar de los municipales: el Juzgado Contencioso Administrativo N°2 se declaró incompetente

El órgano judicial argumentó en las últimas horas que el contenido de la demanda del STM, que busca suspender los descuentos por paros y la eliminación del presentismo, corresponde al fuero laboral. La Suprema Corte bonaerense deberá definir dónde se tramitará la causa.

La medida cautelar que presentó el STM (Sindicato de Trabajadores Municipales) para dejar sin efecto y retrotraer los descuentos por paros, además de pedir que se suspenda la eliminación del premio por presentismo para los empleados públicos que se sumen a las medidas de fuerza, por ahora deberá esperar: el Juzgado Contencioso Administrativo N°2 se declaró incompetente.

Tal como informó LA CAPITAL, la presentación apunta, en primer lugar, contra el decreto 813/2024, que estableció los descuentos por el paro del 4 de abril pasado realizado por los docentes municipales -en adhesión a la convocatoria a nivel nacional de CTERA (Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina) -. Y por el del 5 y 6 de abril, que realizaron los empleados de la comuna ante la falta de acuerdo salarial.

El gremio solicitó también que quede sin efecto el decreto 833/2024, que eliminó el presentismo (5 días hábiles de licencia por cuatrimestre con goce de haberes) para quienes se plieguen a este tipo de medidas de fuerza.

Por otro lado, el STM pidió aplicar una sanción económica al intendente Guillermo Montenegro y a Mauro Martinelli, el secretario de Legal, Técnica y de Hacienda, por “práctica desleal”. Si bien no están nombrados en el expediente, fueron quienes firmaron los mencionados actos administrativos.

En principio, la causa se había iniciado en el Tribunal del Trabajo N°4, que se declaró incompetente. “(La demanda) Excede las atribuciones propias del fuero laboral el pronunciarse sobre la vigencia, validez y aplicabilidad de los decretos municipales en que se sustentan los descuentos de haberes sobre los empleados que representa el ente gremial accionante”, señaló el organismo que integran los jueces Cecilia Bartoli, Alejandro Escobar y Orlando Cippitelli.

Y agregó: “El objeto perseguido mediante la acción entablada, en última instancia, es la de atacar la eficacia y aplicación de la función administrativa desplegada por la comuna local, traducida en los decretos 813/2024 y 833/23, tendientes a efectuar los descuentos de haberes y derogación del régimen de premios por presentismo consignados en decretos de vigencia anterior”.

Tras un sorteo, la causa recayó la semana pasada en el Juzgado Contencioso Administrativo N°2, que encabeza Marcelo Fernández. Sin embargo, el órgano judicial tomó en las últimas horas la misma determinación: sostuvo que el contenido de la demanda “no se corresponde” con la competencia del tribunal, por lo que debe ser analizado por el fuero laboral. 

A partir de esta situación, las actuaciones fueron elevadas a la Suprema Corte de Justicia bonaerense, que deberá definir en dónde se tramitará la causa. 

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