La Ciudad

Ciudad del conocimiento: reglamentan ordenanza dos años después de aprobada

Se trata de la norma que crea el plan de desarrollo de la actividad. Prevé el desarrollo y la expansión de las industrias y crea un registro de beneficiarios.

Después de dos años de su aprobación, el gobierno municipal reglamentó la ordenanza 25093, que creó el Plan de Desarrollo de la Economía del Conocimiento, destinado a promover el desarrollo de la actividad.

El programa, denominado “Mar del Plata, Ciudad del Conocimiento”, tiene como objetivo “contribuir a la transformación económica, social y cultural del Partido de General Pueyrredon, promoviendo el desarrollo del conocimiento y la innovación como fuerza impulsora de la economía”.

La norma había sido aprobada por unanimidad por el Concejo Deliberante el 23 de abril de 2021, fue promulgada el 29 de abril de ese año y la reglamentación se definió la semana pasada: el 4 de mayo.

Entre sus principales lineamientos, la ordenanza prevé el desarrollo y la expansión de las industrias del conocimiento, la vinculación de estas industrias con otros sectores, públicos y privados, gubernamentales, académicos, científicos, educativos, empresariales, comerciales y de la sociedad civil.

Proyecta “despertar en los jóvenes la vocación por la creación de tecnología, la promoción y la capacitación para el empleo en las industrias del conocimiento, la promoción del uso de la tecnología por parte de los ciudadanos y su utilización para vincularse con el municipio”, así como “la difusión en distintos ámbitos de la sociedad del nuevo perfil productivo que impulsa la ciudad”.

El artículo 6 designa como autoridad de aplicación a la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación y, en ese marco, en el artículo 7 se crea la Unidad Ejecutora Mar del Plata Ciudad del Conocimiento, un espacio de trabajo participativo y colaborativo entre el municipio y los distintos actores que conforman el sector de la economía del conocimiento. En la reglamentación, el municipio define los mecanismos para su puesta en funcionamiento, la designación de nuevos integrantes y sus funciones.

El artículo 8 crea el Registro de Beneficiarios, en el que deberán inscribirse las entidades que deseen acceder a las políticas de fomento e incentivos, en el marco de la creación del Distrito Tecnológico del Conocimiento y la Innovación. La reglamentación especifica los requisitos y obligaciones a cargo de los beneficiarios para acceder a esos incentivos.

Entre las políticas de fomento se establece la creación de un fondo, con aportes provenientes de los beneficios

otorgados a las actividades promocionadas, para la realización de acciones vinculadas a los programas orientados a la generación de talento.

A partir de las actividades definidas en el artículo 12, se establecen las condiciones que deberán cumplir las entidades inscriptas en el registro para acceder a los beneficios, las cuales deberán ser validadas anualmente.

El gobierno municipal indicó que para “llevar a cabo dicha validación en forma clara y transparente” definió “de forma más detallada y unívoca posible los mecanismos para determinar el cumplimiento de las mencionadas

condiciones por parte de las entidades beneficiarias”.

Con las firmas del intendente Guillermo Montenegro; el secretario de Economía y Hacienda, Germán Blanco, y el de Desarrollo productivo e Innovación, Adrián Cónsoli, los argumentos de la reglamentación señalan que “resulta necesaria” para “poner en funcionamiento el Plan Mar del Plata Ciudad del Conocimiento, junto con las políticas de fomento e incentivos previstos en la Ordenanza N° 25.093”.

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