Policiales

Comenzó el juicio contra los integrantes de la secta del Hotel City

Si bien el líder del culto, Eduardo de Dios Nicosia, murió en prisión cuatro personas serán juzgadas en el Tribunal Federal por aberrantes delitos cometidos en los últimos 30 años que van desde reducción a la servidumbre a explotación económica, sexual y laboral.

El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata inició hoy el debate oral y público en el caso seguido a Silvia Cristina Capossiello, Sinecio de Jesús Coronado Acurero, Luis Antonio Fanesi y Fernando Ezequiel Velázquez a quienes se acusa de haber sido parte de una organización –liderada por Eduardo Nicosia, fallecido- con rasgos de secta y bajo la apariencia de un ministerio de yoga, que –según la acusación fiscal- captó y acogió al menos a 32 personas en situaciones de vulnerabilidad, con el fin de reducirlas a la servidumbre y lograr su explotación económica, sexual y laboral. Además, hay acusaciones por abuso sexual agravado, alteración de identidades, acopio de armas y resistencia a la autoridad.

El debate se inició en la sala de audiencias del tribunal, que estuvo prácticamente vacía por las medidas sanitarias de prevención ante la pandemia de COVID-19. estuvieron presentes el auxiliar fiscal Carlos Fioriti y el juez Roberto Falcone, junto a secretarios y secretarias. En tanto, los magistrados Fernando Machado Pelloni y Nicolás Toselli formaron parte del inicio del debate desde sus despachos en la Ciudad de Buenos Aires a través de la virtualidad, al igual que la querellante Inés Jaureguiberry, defensora pública de Víctimas, acusados y defensas.

Luego de iniciado el juicio, el Ministerio Público Fiscal –a través de la fiscalía de juicio a cargo de Juan Manuel Pettigiani- leyó la teoría del caso donde quedaron detallados los hechos de la acusación, la calificación legal y la participación criminal de los acusados y la acusada.

Los hechos por los cuales llegaron a juicio se sucedieron, al menos, desde principios de la década de 1970 y a partir del 2005 y hasta el allanamiento del 3 de julio de 2018. La organización actuaba desde el inmueble del Hotel City, ubicado en Diagonal Alberdi 2561, en pleno centro marplatense.

Nicosia falleció en enero de 2021, en la cárcel de Ezeiza. (Foto Infobae).

De acuerdo a la investigación, Nicosia, fallecido en enero y sobreseído por el tribunal el 20 de abril de este año, “resultó ser el fundador de la congregación, una suerte de guía espiritual, principal administrador y organizador de la actividad delictiva, bajo la cual sometió a las víctimas para la consecución de aquellos fines”, sostuvo el MPF.

“Además, daba las pautas en el lugar, instruía a las personas previamente captadas en las actividades diarias, daba las autorizaciones a los ‘fieles’ para poder salir, como así también dirigía lo atinente al manejo de la cooperativa de trabajo City Hotel Mar del Plata y los distintos emprendimientos económicos de la organización”, detalló Fioriti en la audiencia inicial. Refirió también que Nicosia “tenía un completo control sobre las vidas y acciones de las personas participantes del ministerio, a quienes compelía a desprenderse de sus bienes o pertenencias a favor de la congregación”.

Carlos Fioriti.

Por su parte, y siempre de acuerdo a la lectura de la teoría del caso elevado a juicio en 2020, Capossiello, que era la pareja del líder, “controlaba a los damnificados en ausencia de Nicosia y estaba al frente de la cooperativa administradora del complejo hotelero”. En tanto, Coronado Acurero “era una persona de confianza de Nicosia, colaboraba en las actividades ilícitas investigadas y el permanente control de las personas damnificadas”, mientras que Fanesi “perteneció a la organización, cuanto menos, desde el año 1973 y participaba del control sobre las víctimas, acompañándolas en los viajes dispuestos con el objeto de disponer reubicaciones estratégicamente ordenadas tendientes a captar nuevos adherentes al grupo”.  “En los últimos años,  esta función la cumplía como recepcionista del Hotel City, a lo que se agrega que, los testimonios de autos, dan cuenta de su actuación en el ocultamiento de la sumisión sexual por parte de Nicosia hacia otros integrantes del grupo”, sumó Fioriti.

Por otro lado, Velázquez está acusado de haber integrado la organización desde sus inicios. Una de sus funciones, en su carácter de psicólogo e instructor de yoga, fue la de “dictar conferencias a partir de las que mantenía charlas personales con algunas de las personas que allí asistían, detectando sus vulnerabilidades e informando luego de ello a Nicosia, a fin de lograr su captación”. Además, en el marco de su accionar en la organización delictiva, el acusado convivió en último término con quien fuera hija biológica de Nicosia y de Capossiello, de quien a la fecha se desconoce su paradero.

En este contexto de explotación, Nicosia, con la complicidad de los acusados y mediante engaños, falsas promesas, fuerza, violencia y abuso de situaciones de vulnerabilidad, valiéndose de su rol de líder religioso o espiritual, “sometió a las personas integrantes de la congregación previamente captadas y a los miembros de su grupo familiar a diferentes delitos contra la integridad sexual: les efectuó personalmente tocamientos, abusos sexuales con acceso carnal y a su vez, obligó a contraer relaciones sexuales a los discípulos y a los integrantes del grupo entre sí”.

De acuerdo a los relatos de las víctimas tomados durante la investigación, Nicosia habría tenido al menos quince hijos e hijas, trece de ellos con seis madres diferentes y los otros dos con dos de sus hijas biológicas. Salvo un caso, los menores de edad fueron inscritos o registrados como hijos biológicos de otros miembros de la congregación, quienes habrían sido instigados para ello por Nicosia y otros imputados. De esta manera, se alteró y ocultó la verdadera identidad de las personas, y se cometieron falsedades documentales y/o declarativas.

“Nicosia y sus consortes se valían de un proceso de coerción psicológica y aislamiento de las víctimas, típico de las organizaciones sectarias, generado a partir de la manipulación psicológica que se les imponía a los damnificados, orientada en la creencia de que, si incumplían con alguna de las condiciones marcadas por el líder, no contarían con la protección espiritual y estarían expuestas a todo tipo de riesgos. Es decir, las acciones realizadas por las víctimas, que podrían parecer voluntarias, estaban originadas en una fuerte tarea de persuasión coercitiva, mediante la cual ese aparente consentimiento se encontraba absolutamente viciado y su libertad limitada”, sostuvo el MPF al exponer la acusación.

Calificación legal y participación criminal

Caposiello está acusada de ser coautora del delito de trata con fines de explotación sexual y laboral agravado y del delito de hacer incierto y alterar la identidad de catorce personas menores de diez años, el que concurre idealmente con el delito de falsedad ideológica de instrumento público. Pero también deberá responder como partícipe necesaria del delito de abuso sexual agravado en reiteradas ocasiones de tres víctimas; y como autora del delito de acopio de armas de fuego y resistencia a la autoridad.

Coronado Acurero, Fanesi y Velázquez están acusados como partícipes primarios del delito de trata de personas agravado y el último deberá responder también como autor del delito de abuso sexual agravado. En tanto, Fanesi está acusado por resistencia a la autoridad, y junto a Coronado Acurero, están acusados como partícipes primarios de la alteración de identidades y acopio de armas y municiones, que fueron encontradas al momento de los allanamientos en la habitación principal del cuarto piso del Hotel City.

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