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Policiales 30 de octubre de 2018

Comienza el juicio oral por la muerte de la menor Lucía Pérez

Matías Farías, Juan Pablo Ofiddani y Alejandro Maciel enfrentarán los cargos del fiscal Daniel Vicente que podrían derivar, para los dos primeros, en una condena a prisión perpetua por el hecho ocurrido en octubre de 2016.

Lucia Pérez.

Tres hombres comenzarán a ser juzgados hoy bajo la acusación de haber intervenido, en diferentes roles, en la violación y asesinato de la adolescente Lucía Pérez, ocurrido en octubre de 2016.

Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel enfrentarán los cargos del fiscal Daniel Vicente que podrían derivar, para los dos primeros, en una condena a prisión perpetua. Los dos primeros llegan al debate en calidad de detenidos, mientras que el tercero fue excarcelado.

En ese marco, el Tribunal en lo Criminal N° 1 integrado por Aldo Carnevale, Pablo Viñas y Facundo Gómez Urso escuchará también una postura extremadamente opuesta de la defensa, que apoya la hipótesis de una muerte involuntaria devenida del consumo de drogas y de relaciones sexuales consentidas.

Un juicio, tres imputados y una sola gran verdad: la muerte de una adolescente. Lucía Pérez tenía 16 años y falleció dentro de la casa de Matías Farías, el mismo joven que el día anterior le había vendido marihuana en la puerta de una escuela.

La investigación del caso se vio alterada por una labor polémica de la fiscal María Isabel Sánchez, quien de manera apresurada e inédita encabezó una conferencia de prensa en los primeros días en la que dio como probados sucesos que al día de hoy siguen siendo conjeturas. De hecho, su trabajo fue duramente cuestionado por la Justicia de Garantías y la Cámara de Apelaciones, e incluso el Fiscal General ordenó la disolución de su fiscalía N° 8.

El contexto

En los días siguientes a conocerse el hecho se sucedieron increíbles errores en la investigación de la fiscal María Isabel Sánchez, al punto tal que la Fiscalía General aprovechó una licencia concedida con anterioridad para “pasarle” la causa a la fiscal Andrea Gómez y que se hicieran correcciones de fondo, como por ejemplo desactivar la figura de homicidio criminis causa.

Sánchez decía que a Lucía la habían matado para ocultar que la habían drogado y que los asesinos no habían elegido un arma de fuego, un estrangulamiento, un cuchillo sino el ataque sexual.

Los motivos que llevaron a Sánchez a actuar mal son indescifrables pero su carrera -ya venía cuestionada en causas como Lario y Bello, entre otras- se precipitó. Hoy cumple funciones en una fiscalía menor, como es la de Flagrancia, donde sólo se tramitan expedientes que no requieren investigarse demasiado.

Esos errores de Sánchez, desde hace mucho tiempo indiscutidos, fueron plasmados en el avance judicial de la causa “Lucía Pérez” a través de distintas crónicas que derivaron en una situación periodística siempre saludable aunque a veces antipática: controvertir lo políticamente correcto, lo establecido.

En suma, se trató de un caso que tuvo de la prensa repercusión internacional, al punto tal que motivó un paro de mujeres, ocasionado por la indignación producida tras conocerse la versión del hecho planteada por Sánchez, que luego fue cuestionada y aún en la actualidad lo sigue siendo.

Drogas

Lucía Pérez era menor de edad cuando ingresó a la casa de un dealer mayor de edad. Este corruptor de la adolescencia se llama Matías Farías, quien debería recibir una pena ejemplar solo por ello.

Respecto a lo que sucedió dentro de la vivienda de la calle Racedo nadie lo sabe excepto Farías. Ni los fiscales que pasaron, ni la defensa, ni los peritos, ni los jueces anteriores, ni el Tribunal que juzgará. Mucho menos los periodistas. Todo lo que se haya dicho con grado de certeza es un exabrupto. Para algunos peritos Lucía fue abusada, vejada inhumanamente y asesinada; para otras médicas, murió por causas indeterminadas, sin empalamiento, ni ataque sexual.

Lo que sí está claro es que Lucía no regresó a su casa, que Lucía no quería morir.

ACUSADOS

Las posibilidades que se barajan son varias en términos de condena aunque está casi predefinido que ni Farías ni Juan Pablo Offidani saldrán por la puerta principal sin pena alguna. Es que el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores (artículo 11 de la ley 23.737) estaría casi probado, por más intentos de la defensa por relativizarlo. Los mensajes de texto de Farías demuestran una conducta sostenida en el tiempo al respecto. Sólo por ello, Farías y Offidani, podrían recibir de 6 a 20 años de prisión.

El otro escenario de condena tiene relación con los hechos II y III, el primero atribuido a Farías y Offidani y el restante a Alejandro Maciel, quien era ayudante terapéutico del segundo, que intentaba recuperarse de su adicción a las drogas.

El hecho II es el abuso sexual por acceso carnal agravado por el resultado muerte y el suministro de estupefacientes en concurso ideal con femicidio. Este es el gran punto del debate: saber qué pasó con Lucía Pérez dentro de la casa de Farías y todo dependerá de la jornada del día 5 de noviembre, cuando se presenten los médicos y peritos. En caso de probarse el abuso sexual (algo que hasta el momento parece haber sido puesto en duda en el expediente por las peritos de la Suprema Corte bonaerense), el resultado muerte será casi automático, de modo que a Farías como autor responsable y a Offidani como partícipe secundario le impondrán prisión perpetua.

El hecho III, que se desprende del II, implica el encubrimiento de lo ocurrido. En ese aspecto, se acusó a Maciel de lavar el cuerpo de Lucía para borrar las pruebas que permitirían esclarecer el caso.

En el supuesto de que los jueces no vieran acreditado el abuso sexual ni se inclinaran por la hipótesis de la muerte provocada el hecho II se desmoronaría y, por lo tanto, el hecho III contra Maciel también.