Activó un nuevo esquema que elimina la segmentación por niveles y fija un tope de ingresos para acceder a los beneficios. El objetivo es reducir el gasto público y avanzar hacia tarifas plenas.
El Gobierno nacional activó el nuevo esquema de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), que reemplaza al sistema de segmentación por niveles de ingresos y redefine el alcance de la asistencia estatal en los servicios de electricidad, gas natural, gas propano por redes y gas licuado de petróleo (GLP) en garrafas.
La medida marca el cierre del período de transición iniciado en 2024 y avanza hacia un esquema en el que los usuarios asumen de manera gradual el costo real de la energía. El objetivo central es reducir el gasto público, que en 2023 representó el 1,42% del Producto Interno Bruto (PIB) en subsidios energéticos, uno de los principales puntos señalados por el Fondo Monetario Internacional (FMI).
El nuevo régimen, oficializado mediante el Decreto 943/2025, publicado este viernes en el Boletín Oficial, elimina la clasificación de usuarios en los niveles N1, N2 y N3 y establece una única categoría de beneficiarios.
Quiénes acceden al subsidio
Para recibir la ayuda estatal, el grupo familiar deberá contar con ingresos netos declarados iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT) correspondientes a un “Hogar 2”, según la medición del INDEC. Con el último valor disponible -noviembre de 2025-, el tope se ubica en $3.771.987 mensuales. Quienes superen ese umbral quedarán excluidos del beneficio.
Se mantienen, no obstante, los subsidios para hogares que cuenten con integrantes titulares del Certificado de Vivienda Familiar (ReNaBaP) o de la Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur. En el caso de personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD), la Secretaría de Energía realizará evaluaciones individuales para determinar la necesidad de asistencia.
Cómo funcionará el nuevo sistema
El documento establece que la Secretaría de Energía funcionará como la autoridad de aplicación del régimen SEF. El decreto faculta a dicho organismo para dictar las normas aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para la ejecución de la política tarifaria. También se instruye a los entes reguladores ENRE y ENARGAS a aplicar los nuevos criterios en la elaboración de los cuadros tarifarios.
Para la gestión de los beneficiarios, se crea el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF). Este registro se conformará a partir de la base de datos del anterior Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE).
Los usuarios que ya se encontraban inscriptos en el RASE no tienen la obligación de volver a anotarse para recibir los beneficios del SEF. No obstante, la plataforma permanecerá abierta para actualizar información sobre ingresos, grupo conviviente o fuentes de suministro.
La actualización de datos podrá realizarse de forma digital a través de la plataforma Mi Argentina.
Para las personas que no cuenten con acceso tecnológico, se mantiene el mecanismo de inscripción presencial en las oficinas de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
En caso de exclusiones que el usuario considere erróneas, se habilitará la herramienta de revisión mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
La Secretaría de Energía podrá utilizar indicadores de exteriorización patrimonial para rechazar solicitudes si se detecta capacidad de pago superior a los límites fijados.
Respecto al funcionamiento técnico, el sistema fija bloques de consumo base sobre los cuales se aplicarán los descuentos. Para la energía eléctrica, el tope subsidiable será de 300 kWh mensuales en enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto y diciembre.
Durante los meses de marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre, el bloque de consumo base se reduce a 150 kWh.
La autoridad de aplicación podrá establecer consumos diferenciales para las provincias más cálidas del país o zonas con particularidades bioambientales.
En cuanto al gas natural y propano por redes, se mantienen los volúmenes estacionales vigentes según la ubicación geográfica y la subzona tarifaria. Estos bloques de consumo ya contemplan las variaciones de temperatura y las necesidades de calefacción en distintos puntos del territorio nacional.
Todo consumo que exceda los límites establecidos en los bloques base se facturará al precio pleno de la energía, sin ningún tipo de bonificación estatal.
En términos de descuentos, los hogares incluidos en el SEF recibirán una bonificación general del 50% sobre el precio de la electricidad en su bloque base durante todo el año.
Para el gas natural y el gas propano indiluido, la bonificación general del 50% solo se aplicará entre los meses de abril y septiembre.
Durante el resto del año (enero a marzo y octubre a diciembre), la bonificación general para el servicio de gas será del 0%.
Esta diferenciación responde a que los consumos de verano se consideran bajos y no requieren asistencia estatal, salvo en el periodo de transición gradual.
Adicionalmente, durante el año 2026, se aplicará una bonificación extraordinaria de hasta el 25% para electricidad y gas.
Este beneficio adicional comenzará en el 25% en enero y se reducirá mensualmente: 22,73% en febrero, 20,45% en marzo, hasta llegar al 0% en diciembre de 2026.
En el caso del gas natural, las bonificaciones se aplicarán sobre un Precio Anual Uniforme (PAU). Este precio se construye sobre el costo de abastecimiento del Plan Gas.Ar para evitar las bruscas variaciones de precios entre invierno y verano.
El decreto establece la derogación de la Tarifa Social Federal de Gas y dispone la unificación de criterios. Además, se otorga un plazo de seis meses para la migración de los beneficiarios del Programa HOGAR (Hogares con Garrafas) al régimen SEF.
Una vez completada esta migración, el subsidio para garrafas de GLP se gestionará bajo las mismas reglas de ingresos y patrimonio que el resto de los servicios.
Las Entidades de Bien Público y Clubes de Barrio mantendrán las bonificaciones sobre el total de su consumo, sin la aplicación de los topes fijados para usuarios residenciales.