Opinión

Consumo personal de drogas: impactos del fallo de Casación Penal bonaerense

Por Ana Lucía Prada (*)

 

Más de cuatro mil setecientas setenta causas por tenencia para consumo personal se formaron en el Departamento Judicial de Mar del Plata en 12 meses. Además de la persecución policial, las consecuencias indirectas de esta política criminal están asociadas a reforzar prejuicios sobre usuarios de drogas, estadísticas por secuestro de pequeñas cantidades y no para combatir al narcotráfico, y un abordaje criminal respecto de problemas de salud mental. Cabe destacar también los efectos psicológicos sobre los jóvenes detenidos y su grupo familiar y de pertenencia, puesto que los procedimientos policiales suelen estar atravesados por malos tratos. ¿Qué sabemos de la mirada judicial frente a estas situaciones?

Un reciente fallo del Tribunal de Casación provincial consideró que la tenencia para consumo personal es una conducta privada y que las autoridades estatales no deben inmiscuirse, basado en la autonomía personal para decidir lo que es bueno o malo para sí. La postura de defensa de la protección de la autonomía de las personas significa que el Estado no puede utilizar su poder coercitivo con el objeto de desalentar una concepción sobre lo que es bueno. Por lo tanto, las fuerzas de seguridad deben abstenerse de realizar detenciones en casos de secuestros de estupefacientes para consumo personal, no disponiéndose medidas restrictivas de la libertad.

Los jueces Ricardo Maidana y Daniel Carral señalan que 47.927 hechos delictuosos relacionados con drogas se produjeron en Argentina en 2019. Esta cifra es tres veces mayor respecto del 2006, reflejando un incremento de 213 puntos registrados en la provincia de Buenos Aires, muy por encima de la tasa nacional. Atribuyen el aumento significativo en las estadísticas a la sanción de la ley 26.052 en 2005 de desfederalización en materia de estupefacientes, a la cual la provincia de Buenos Aaires adhirió, asumiendo la competencia en diversos delitos contemplados en la ley de drogas.

Estos números llevados a la Capital Federal son igualmente alarmantes. En la infografía a continuación se visualiza lo ocurrido en CABA desde 2019, año en que allí se implementó la ley de desfederalización.

 

¿Cómo debe proceder el personal policial abocado a tareas de prevención?

 

Deberá contar con reactivos y balanzas; los procedimientos se realizarán en el lugar del secuestro; se labrará un acta; no se notificará de la imputación de delito alguno; se notificará de la existencia de estructuras estatales de abordaje para quienes resulten víctimas de adicciones; las actas de secuestro y sobres con estupefacientes serán remitidas a la Fiscalía y, por último, deben realizar la correspondiente comunicación a la Fiscalía en forma inmediata y telefónica.

 

(*) Abogada de la Agrupación Marplatense de Cannabicultores.

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