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Policiales 25 de octubre de 2019

Definen si otorgan el beneficio de régimen abierto a Ezequiel Medina

El asesino de Dalina Di Mauro (34), condenado a 21 años de prisión, pidió acceder al programa “Casas por Cárceles” a comienzos de septiembre. El próximo lunes habrá una audiencia para tratar la solicitud.

Dalina Di Mauro fue asesinada en febrero de 2009.

El próximo lunes a las 9.30 se realizará una audiencia en el Juzgado de Ejecución Penal N° 1 en la que se definirá si Ezequiel Medina (33), condenado a 21 años de prisión por el crimen de Dalina Di Mauro (34), recibe el beneficio del acceso al programa “Casas por Cárceles”.

El pedido fue realizado por la defensa del propio Medina a comienzos de septiembre pasado, y contempla la posibilidad de permanecer alojado en la Unidad Penitenciaria de Batán, pero bajo un régimen abierto. Cabe destacar que el asesino de Di Mauro se encuentra detenido en el mismo penal desde hace 10 años.

Ahora, el juez Raúl Perdichizzi deberá definir si acepta o no la solicitud de Medina, que provocó la bronca de la familia de la víctima. De la audiencia que se llevará a cabo el lunes también participará el fiscal Marcelo Blanco.

“Para que se sepa cómo es la Justicia en este país, al asesino de mi hermana, Dalina Di Mauro, le dieron 21 años de cárcel, y eso me dicen que es justicia. Y no sólo eso, recién pasaron 10 años y le dan el privilegio que ella no tiene: está pidiendo salidas transitorias”, protestó Mariano, hermano de la víctima, a través de una publicación en las redes sociales al enterarse del recurso presentado. Y agregó: “Yo no lo puedo creer que nos sigan torturando de esta manera. Les pido a todos los marplatenses que nos ayuden, que se difunda y que ese asesino no quede libre en nuestras calles, por la seguridad de todos”.

En rigor, las fuentes consultadas por este medio negaron entonces que Medina hubiera solicitado salidas transitorias, y aclararon que lo que pidió en verdad fue acceder al programa “Casas por Cárceles”, que contempla la posibilidad de ser alojado en una casa custodiada por personal del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB), pero no la de salir del predio de la Unidad Penitenciaria.

Además, los informantes explicaron que fue la propia Justicia de Ejecución la que notificó correspondientemente a las víctimas, como contempla la reforma de la ley llevada adelante el año pasado.

Dalina Di Mauro fue asesinada durante un asalto contra un polirrubro de San Juan y Gascón en el que trabajaba, en febrero de 2009.

Dos ladrones entraron a robar y la mujer no opuso resistencia. Les entregó cigarrillos y dinero, tras lo cual los delincuentes salieron del local y abordaron una motocicleta. Sin embargo, y a pesar de que ya tenían lo que habían querido robar, uno de ellos disparó contra la víctima.

La explicación que encuentran algunos es que el delincuente se habría “vengado” de la comerciante, a quien acusó de haber llamado a la policía. Nunca se supo. Pero el resultado fue trágico. Di Mauro quedó tendida en el suelo gravemente herida en la cabeza. La trasladaron de urgencia al Hospital Interzonal General Agudos (HIGA), donde estuvo internada durante unos días de agonía hasta que falleció.

El caso causó conmoción en la sociedad y hasta provocó que el Gobierno de ese entonces ordenara el traslado, por primera vez, de fuerzas federales como Prefectura y Gendarmería para custodiar las calles de la ciudad.

Medina fue detenido poco tiempo después y, a pesar de que su defensa sostuvo que la autoría material del crimen de Di Mauro había sido de David Cisterna (un delincuente que también fue detenido y apareció ahorcado en su celda de la Unidad Penitenciaria N° 44 de Batán antes del juicio oral), la Justicia lo condenó a 21 años de prisión.