CERRAR

La Capital - Logo

× El País El Mundo La Zona Cultura Tecnología Gastronomía Salud Interés General La Ciudad Deportes Arte y Espectáculos Policiales Cartelera Fotos de Familia Clasificados Fúnebres
La Ciudad 16 de abril de 2018

Desregulación y contradicciones en la venta de comida en la vía pública

Las modas también tiñen la gastronomía, encumbrando a la rúcula o instalando distintos platos originados en países remotos. Las instalaciones también se vieron influidas y así los salones se vieron compitiendo con los food trucks, muchos de los cuales son sucursales rodantes de firmas existentes.

Ante la explosión de los camiones de comida, no existía marco regulatorio alguno y los gastronómicos pusieron el grito en el cielo por la competencia desleal. En enero pasado, el Concejo Deliberante votó una ordenanza que regula la actividad. En realidad son dos: una que habla de los “food trucks” (número 17.798) y otra que regula a los “módulos cárnicos”, que fue promulgada años atrás en consonancia con los pedidos de legalización de los choripaneros.

Más allá de la semántica y de los detalles técnicos que no logran clarificar cada una de esas actividades, porque ambos comercios ambulantes tienen el mismo fin que es vender comida en la vía pública, la situación sigue sin ordenarse.

Durante todo el verano, en la zona de Playa Grande funcionaron dos módulos (porque no le dieron mucha importancia a la estética y no se podían identificar como “food trucks”) que todas las noches -en realidad amaneceres- vendían choripanes y hamburguesas a los jóvenes que salían de los boliches ubicados a la vera del mar.

Sin ningún tipo de control, desechaban sus restos -tanto líquidos como sólidos- en la vía pública. Ya con este item incumplieron el inciso e del artículo 8 de la ordenanza 17798: “Prohibido operar en la vía pública dentro del partido de General Pueyrredon”. Y también el inciso f del mismo artículo: “Prohibido arrojar desperdicios, efluentes y no respetar la higiene del lugar de su instalación”.

“Los multamos, pero siempre volvían”, confesó el titular de Inspección General, Emilio Succar Grau.
La normativa también establece que no pueden instalarse a menos de 500 metros de un local gastronómico. Y estos dos carritos funcionaban a menos de 200 metros de un local de comidas rápidas.

Desidia

En una ciudad en la que el desorden callejero parece la norma, en distintos puntos geográficos, se fueron instalando “food trucks” como en la plaza España, en las inmediaciones del Polideportivo y frente al Parque Primavesi, entre otros sitios.

Muchos de ellos están autorizados en el marco de la ordenanza que regula la actividad bajo la denominación de “módulos cárnicos”, votada después de la instalación de varios choripaneros en la puerta del Palacio Municipal con sus respectivas parrillas hace algunos años.

Si bien existen dos regulaciones diferentes votadas por los concejales marplatenses para una actividad bastante similar, la normativa “es bastante confusa”, reconoció el funcionario a cargo de controlarlas.

Las diferencias son casi de estética y de lugar de instalación, ya que los “food trucks” sólo pueden funcionar en predios privados y los choripaneros en determinadas zonas geográficas.

“La diferencia entre las ordenanzas es que autorizan diferentes estructuras y las ubicaciones”, detalló la concejal Cristina Coria.

Así, destacó que la normativa que regula el accionar de los “food trucks” se hizo para contrarrestar las denuncias de “competencia desleal” de muchos gastronómicos y aseguró que los que deben controlar que se cumpla son “el poder Ejecutivo, a través de la dirección de Inspección General”.

Descontento

En la ordenanza 17798 se especifica que los “food trucks” “sólo podrán funcionar en lugares debidamente habilitados al efecto como ferias, eventos privados y/o masivos. Su instalación en espacios públicos donde se desarrollen actividades programadas, podrá ser autorizada por el Honorable Concejo Deliberante, en los casos de no existir oferta gastronómica instalada”.

Food Truck - Plaza España

Así fue que funcionaron en la feria de Juan B. Justo 70, frente al Complejo de Punta Mogotes y en eventos privados realizados en distintas locaciones, pero no pueden hacerlo en la calle como sucede en determinados lugares.

Y, en el artículo 8º, se especificó que “queda expresamente prohibido estacionar y operar en lugares distintos a los autorizados, operar en la vía pública dentro del partido de General Pueyrredon y arrojar desperdicios, efluentes y no respetar la higiene del lugar de su instalación”.

Evidentemente, los “camioncitos” instalados en las inmediaciones del Polideportivo, de la Plaza España y del Parque Primavesi trabajan fuera de la ley, ya sea que se consideren “food trucks” o módulos cárnicos.

Distintos cortes de carne, choripán, papas fritas, hamburguesas y panchos integran el menú que ofrecen los móviles, con precios que parten de los $40 y pueden alcanzar los $100.

Quejas

Si bien desde el sector gastronómicos, a través de la asociación empresaria que los nuclea, se sumaron al trabajo conjunto para elaborar la normativa votada, muchos no quedaron conformes.

“En Buenos Aires existen los food truck gourmet, pero acá no pasan de hamburguesas y choripán. Se instalan donde quieren y nadie controla, no sé por qué la municipalidad mira para otro lado”, señaló un empresario gastronómico que se amparó en el anonimato por temor a las represalias: “Después te mandan las mil y una inspección”, aseguró.

Además, y también contra lo que estipula la ordenanza en otro de sus artículos, el mismo empresario especuló con que “durante el verano vinieron carros de afuera y la ley dice que tienen que ser todos de acá”.

¿Cuántos son?

“La ordenanza habilita el permiso a unos 50, que tienen que aprobar diversos permisos, como Seguridad, Inspección General y Bromatología”, reseñó Emilio Sucar Grau, titular de Inspección General y reconoció que “la normativa es un tanto confusa, habría que unificar ambas ordenanzas”. Esa confusión legislativa evidentemente no ayuda a ordenar la actividad.



Lo más visto hoy