Policiales

Dictaron la prisión preventiva para el conductor del auto involucrado en la muerte de Ariel Rosales

La fiscalía acusa a Estanis Tabasca Rebolledo de manejar en sentido contrario y provocar un triple impacto que terminó con la vida de Rosales el 19 de enero.

La Justicia de Garantías concedió la prisión preventiva para Estanis Azael Tabasca Rebolledo, imputado por el homicidio culposo agravado de Ariel Eduardo Rosales(41), ocurrido tras un violento choque frontal sobre Independencia el 19 de enero.

El pedido había sido formulado por el fiscal Rodolfo Moure, quien solicitó que el acusado continúe detenido al considerarlo autor del hecho.

Según la acusación fiscal, el episodio ocurrió el lunes 19 de enero cerca de las 6.37, cuando Tabasca Rebolledo conducía un Fiat Cronos en sentido norte-sur por la mano contraria de Independencia. Antes de llegar a la intersección con Castelli, embistió de frente a una moto Honda XR 150 manejada por Rosales y a una Peugeot Partner que circulaba detrás.

Producto del impacto, la motocicleta quedó incrustada en la parte frontal del automóvil y Rosales murió minutos después de llegar al Hospital Interzonal General de Agudos (HIGA) a causa de las múltiples heridas sufridas.

La resolución judicial sostuvo que el imputado actuó con “culpa temeraria”, al conducir en contramano por una avenida de alto tránsito y sin obstáculos que le impidieran advertir la presencia de otros vehículos.

Para dictar la medida, el juez valoró pericias accidentológicas, registros fílmicos de cámaras privadas y del COM, testimonios de testigos presenciales y llamados al 911, que coinciden en que el vehículo circulaba por el carril central en sentido contrario y a alta velocidad.

Además, se consideró que existe riesgo procesal, entre otros motivos, por la pena en expectativa y por antecedentes penales previos del imputado, condenado en 2024 en una causa federal.

En consecuencia, el magistrado resolvió convertir la detención en prisión preventiva por el delito de homicidio culposo agravado por la conducción temeraria. También fijó un anticipo de costas y dispuso que la medida sea revisada en un plazo máximo de 60 días.

 

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