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Provincia 9 de abril de 2021

Diputados aprobaron proyecto que beneficiará a casi 4 mil pymes

Se trata de un régimen de regularización de deudas anunciado por el gobernador Kicillof en la Asamblea Legislativa.

Sesión remota en la Cámara de Diputados bonaerense.

LA PLATA (Corresponsalía). – Diputados bonaerenses dieron ayer media sanción al proyecto de Ley de Fortalecimiento Productivo, un plan de regularización de deudas promovido por el gobierno de la Provincia que beneficiaría a casi 4 mil pymes.

La iniciativa, que ahora deberá evaluar el Senado, consiste en un régimen de regularización de deudas en el marco de la pandemia de Covid-19 que alcanza a contribuyentes de impuestos patrimoniales, inmobiliario y automotor; a deudas originadas en sanciones por infracciones laborales para pymes y a agentes de recaudación de los impuestos sobre sellos e ingresos brutos.

La iniciativa forma parte del Plan de Reactivación Productiva anunciado por Kicillof el pasado 1° de marzo en la Asamblea Legislativa.

“La Ley de Fortalecimiento Productivo se enmarca en un conjunto de medidas tendientes a afrontar el contexto de pandemia y sus secuelas. Con esta norma, el gobierno de Axel Kicillof busca establecer condiciones acordes al escenario económico actual y, por ende, útiles para poder continuar en la senda de la reactivación económica”, sostuvo el presidente de la Cámara Baja, Federico Otermín (Frente de Todos).

Producto de la pandemia, la sesión legislativa se desarrolló en la modalidad mixta: de modo presencial participaron las autoridades de la Cámara y los presidentes de los bloques, en tanto que el resto de los diputados y diputadas sesionaron de forma remota.

El detalle

La Ley contempla la capacidad de pago de acuerdo al nivel de facturación, la afectación por pandemia y el tamaño de las empresas.

Alcanzará a 3 millones de contribuyentes, abarcando deudas del año pasado vencidas y planes de pago con financiamiento en hasta 24 cuotas.

En cuanto a los intereses, la reducción del monto llegará al 100% para aquellas actividades que el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica determine como afectadas por la emergencia sanitaria -por un lado- y del 90% al 10% dependiendo de la capacidad de pago del contribuyente y del momento de ingreso al régimen.



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