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El País 4 de octubre de 2016

Disponen la prohibición hasta fin de año de la pesca comercial de merluza

La medida apunta a contribuir a la conservación y racional explotación de la especie mediante el establecimiento de áreas de veda.

La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo argentino-uruguayo dispuso la prohibición de pesca de primavera de la merluza (Merluccius hubbsi) en la zona común de captura entre ambos países desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre del corriente año.

La medida fue dispuesta a través de la resolución 11/2016 publicada hoy en el Boletín Oficial para “contribuir a la conservación y racional explotación de la especie merluza mediante el establecimiento de áreas de veda que protejan las concentraciones de juveniles de dicha especie en la Zona Común de Pesca”.

Advierte que sobre la base de las investigaciones y análisis realizados se comprobó la presencia de un área de concentración de ejemplares juveniles de la especie merluza, que deben ser protegidos para contribuir a la debida conservación y explotación del recurso.

Para ello, la Subcomisión de Recursos Vivos sugirió establecer un área de veda delimitada por los puntos geográficos: 34°30’S – 52°18’W; 34°46’S – 51°53’W; 36°10’S – 53°11’W; 36°20’S – 54°00’W; 36°05’S – 54°30’W, sector en el que sólo se permitirá la pesca de especies pelágicas, con redes de media agua y en horario diurno.



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