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Enlace Universitario 17 de agosto de 2022

El día que agredieron a La Perla del Atlántico

Federico Ignacio Isla

Los habitantes de la Provincia tienen el derecho a gozar de un ambiente sano y el deber de conservarlo y protegerlo en su provecho y en el de las generaciones futuras. Art. 28, Constitución de la Prov. de Buenos Aires

La Perla fue originalmente una de las dos playas accesibles del puerto del pueblo de Balcarce. Patricio Peralta Ramos eligió erigir la iglesia de Santa Cecilia (1873) en la loma de lo que después se llamó Punta de la Iglesia. Sobre esta bahía desembocada un arroyo Zanjón del Cardalito. Ya en la carta náutica de 1915 queda clara la presencia de una playa arenosa angosta frente a la Plaza España.

Postales de 1925 dan cuenta de una playa populosa con bañistas. La acumulación de arena era escasa y se habían comenzado obras de defensa costera. Los espigones rígidos fueron construidos entre 1930 y 1936. Se iniciaba un largo proceso de construcción de espigones para recuperar o crear playas. A medida que se terminaban estas obras, comenzaba a faltar arena inmediatamente al norte. La Provincia de Buenos Aires hizo grandes esfuerzos para lograr playas que se extendieron hacia el norte durante todo el siglo XX. En los años 60 esta playa era una de las más concurridas con desarrollo de balnearios que iniciaban la industria del alquiler de sombra para el turismo de sol y playa.

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Aquellos espigones originales estuvieron sujetos a socavación en las puntas y en sus bases. Debieron prolongarse en los años 80 con bloques extraídos de las canteras de Batán, que también fueron socavados por la acción de las olas en la base.

A fines de los 90, la delegación de holandeses que llegó por gestiones de la Provincia de Buenos Aires propuso retirar aquellos espigones cortos y poco espaciados. Los esfuerzos no habían logrado acumular suficiente cantidad de arena.

En 2008 la Dirección de Asuntos Judiciales del Ministerio de Obras Públicas de Provincia debió intervenir ante reclamos de los concesionarios de la Municipalidad de Gral. Pueyrredón por obras proyectadas en la Playa Cardiel. La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) solicitada por la MGP hacía especial referencia a la falta de arena en estas playas (Expte 12595/6/1998). La primera conclusión de esta EIA era “controlar la erosión y generar una mayor superficie de playa”.

En 2019 el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos tomo aquella propuesta de los holandeses con una salvedad: no se iban a utilizar los bloques que se proponía remover. Se iban a hacer más espigones más largos con más bloques de las canteras vecinas. La actividad de las canteras continuaba. Para cubrir los viejos espigones se iban a requerir 203.000 m3 de arena aunque no se mencionaba de donde se iba a extraer. No obstante ello, la propuesta adjuntaba una Evaluación de Impacto Ambiental que comprendía las normativas nacional, provincial y municipal. Mientras la Provincia procura más arena, las concesiones municipales se extienden cada vez más sobre el dominio público.

Así llegamos a un proyecto propio de la administración municipal: carreras de motos y cuatriciclos para regocijo de los visitantes de los días 30 y 31 de julio de 2022. Esta propuesta con fines recreativos no fue anunciada con una memoria descriptiva que detalle los eventuales impactos ambientales y sus medidas de mitigación. Solo se prometía que luego todo iba a volver a las condiciones anteriores. Toda obra pública de envergadura requiere una EIA previa, durante y con posterioridad a toda modificación significativa del ambiente o del paisaje.
Una ley de costas (como tienen Brasil, Chile o España) hubiera tipificado perfectamente los delitos contra el ambiente (erosión, contaminación, ruido). No obstante esta deuda de nuestros representantes, existen antecedentes con relación a las playas públicas. En los años 90 el Fiscal de Estado Ricardo Szelagowski intervino al probar que las extracciones mineras en vecindades del Faro producían erosión en las playas inmediatamente al norte. En 2010, Szelagowski volvió a presentarse contra la Municipalidad de Villa Gesell pidiendo la derogación de las ordenanzas municipales que justificaban nuevas construcciones balnearias. Concretamente solicitó una medida cautelar en el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 de Dolores hasta que lo organismos provinciales autoricen la viabilidad de aquellos proyectos. Incluso deslizó en su presentación que ordenaría como Fiscal de Estado de la Provincia el fin del convenio con que la municipalidad de Villa Gesell administraba las playas urbanas desde 1976, año de creación del municipio urbano.



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