El País

El Gobierno excluyó motos y cuatriciclos del arancel cero para vehículos eléctricos

La medida alcanza a motos, triciclos y cuatriciclos eléctricos de menor porte. Fue oficializada mediante un decreto publicado este lunes en el Boletín Oficial.

El Gobierno nacional dejó fuera del beneficio de arancel cero de importación a las unidades eléctricas de menor porte, como motos, triciclos y cuatriciclos. La decisión fue formalizada a través del Decreto 44/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial.

La norma modifica el esquema vigente para el ingreso de vehículos eléctricos y establece que, si el cupo anual de 50.000 unidades con arancel cero no se completa, el remanente podrá trasladarse al período siguiente.

Con la nueva disposición, quedan excluidos del beneficio distintos tipos de vehículos encuadrados en las categorías L, que abarcan desde ciclomotores hasta cuatriciclos y microautos urbanos.

Categorías de 2 y 3 ruedas (motos y derivados)

L1: Ciclomotores de dos ruedas. Motos de 50 cc que no superan los 50 km/h de velocidad.

L2: Ciclomotores de tres ruedas. Similares a los anteriores en potencia y velocidad, pero con tres ruedas (triciclos ligeros).

L3: Motocicletas. Vehículos de dos ruedas con motores de más de 50 cc o que superan los 50 km/h. Incluye a los scooters y motos de calle convencionales.

L4: Motocicletas con sidecar. Son motos que tienen un carro lateral acoplado para un pasajero extra.

L5: Triciclos. Vehículos de tres ruedas con motores más potentes que los de un ciclomotor. Se dividen en:

L5(a): Para transporte de pasajeros.

L5(b): Para transporte de carga (muchas veces con caja o cabina).

Categorías de 4 ruedas (cuatriciclos y microauto).

L6: Cuatriciclos livianos. Vehículos de cuatro ruedas con un peso (sin baterías) menor a 350 kg y una velocidad que no supera los 45 km/h.

L6(b): Cuatriciclos livianos con cabina cerrada.

L7: Cuatriciclos pesados. Vehículos de cuatro ruedas con mayor potencia y velocidad que los L6.

Se dividen en:

L7(a): Cuatriciclos convencionales o “quads”.

L7(b): Cuatriciclos con cabina (microautos urbanos). Su peso máximo permitido es de 400 kg para pasajeros y 550 kg para carga.

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