El intendente dijo que “se está cumpliendo” la ordenanza que impide el funcionamiento de las plataformas
El jefe comunal rechazó la acusación de los taxistas y aseguró que lo demostrará en el ámbito judicial.
El intendente dijo que su gobierno cumple la ordenanza que defienden los taxistas.
El intendente Guillermo Montenegro aseguró este viernes que “se está cumpliendo” la ordenanza que prohíbe el trasporte de pasajeros mediante vehículos sin habilitación municipal, que en los hechos prohíbe el funcionamiento de las plataformas digitales.
“Se está controlando, se está cumpliendo la ordenanza. Decir lo contrario es mentir”, afirmó el intendente en conferencia de prensa.
Esta semana, los taxistas lo denunciaron por incumplimiento de deberes de funcionario público. “Se van a dar las explicaciones en el ámbito que ellos ya plantearon, que es el judicial, pero soy una persona de ley, yo no incumplo normas”, rechazó el feje comunal.
La ordenanza en cuestión es la 23928, aprobada en enero de 2019 con el impulso del entonces intendente Carlos Arroyo. Establece que “la sola prestación del servicio de transporte de personas con vehículo sin habilitación municipal, constatada por la autoridad de aplicación, dará lugar al secuestro del vehículo y para su conductor la imposición de una multa graduable entre 10 y 50 sueldos mínimos del personal municipal, con más la accesoria de inhabilitación para conducir automotores por el plazo de 180 días hábiles administrativos contados a partir de la fecha en que la sentencia quede firme y consentida”.
“En caso de reincidencia, la multa a aplicar será entre quince 15 y 60 sueldos mínimos del personal municipal, con más la accesoria de inhabilitación para conducir por el plazo de 360 días hábiles”, agrega.
El servicio de transporte al que alude “comprende la modalidad de taxi, remise, transporte escolar, servicio de excursión, auto rural, transporte privado de personas, transporte entre dos puntos fijos contratado a través de una plataforma y/o aplicación tecnológica y/o digital, utilizando un dispositivo móvil y/o un sistema de posicionamiento global y todo otro servicio cuya organización y autorización compete a la Municipalidad cualquiera fuere la modalidad y/o medio de pago utilizado para su contratación”.
La ordenanza también señala que “la difusión por cualquier medio y formato y/o la oferta pública del servicio de transporte” contemplado en el texto dará lugar a una multa.
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