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Provincia 19 de septiembre de 2019

El Jurado de Enjuiciamiento rechazó la denuncia que Arroyo realizó contra un juez

Se trata de la demanda por “prevaricato” e “incumplimiento de los deberes inherentes al cargo” presentada por el intendente local en octubre de 2017 contra el magistrado Daniel de Marco en el caso del bloqueo del Predio de Disposición Final de Residuos que dejó a la ciudad sin el servicio de recolección de basura durante dos días.

LA PLATA (Corresponsalía). – El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia rechazó el último lunes la denuncia realizada en octubre de 2017 por el intendente Carlos Arroyo contra el juez marplatense Daniel Alejandro de Marco por considerar que resulta “ajena a la jurisdicción” de ese tribunal.

Vale recordar que el 20 de septiembre de 2017, de Marco -juez de Garantías N° 1 del Departamento Judicial de Mar del Plata- se negó al pedido de Arroyo de desalojar a los 10 recicladores que, en reclamo de diversas mejoras de sus condiciones laborales, impedían la descarga de basura en el Predio de Disposición Final de Residuos.

En su resolución de hace 2 años, de Marco argumentó que “frente al reclamo de un grupo de no más de 10 personas que sobreviven en los márgenes de la marginalidad, comiendo los desperdicios de restoranes y los alimentos vencidos de los supermercados, la única respuesta de la agencia ejecutiva local no puede ser la solución del conflicto en el campo punitivo, sin transitar previamente el camino del diálogo y del consenso”.

El jefe comunal denunció entonces al juez ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados bonaerense por las faltas de “prevaricato” e “incumplimiento de los deberes inherentes al cargo”, entre otras.

Ahora, en la Resolución tomada el lunes pasado a la que accedió LA CAPITAL, ese órgano decidió “declarar que los hechos tratados en relación a la actuación del Dr. Daniel Alejandro de Marco no resultan comprendidos en la competencia del Tribunal”.

Por lo tanto, dispuso “el cierre y archivo de las presentes actuaciones”.

“Se advierte aquí, puntualmente, que la disconformidad del denunciante (Arroyo) respecto a la resolución del Dr. de Marco que rechazó el lanzamiento de los ocupantes ante el pedido de la Sra. Agente fiscal, resulta ajena a la intervención de este Jurado”, remarcó el tribunal que encabeza el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Eduardo Néstor de Lázzari, y que integran legisladores provinciales y abogados.

El intendente de General Pueyrredon cuenta con un plazo de 10 días desde la notificación para apelar a la medida.

“La decisión se sustentó en el ejercicio del derecho”

En el texto, los integrantes del Jurado señalaron que la disposición de de Marco “no fue contraria a la Ley”.

De manera inversa –sostuvieron- “la decisión se sustentó en el ejercicio del derecho, considerando que los manifestantes tienen el derecho a reclamar ante las autoridades correspondientes, por lo que, dentro de su ámbito de ponderación el Juez resolvió en forma fundada  en un criterio objetivamente razonable”.

“No debe soslayarse –agregaron en otro párrafo- que el conflicto fue resuelto el mismo día en que se decide el rechazo del lanzamiento a través de un acuerdo extrajudicial por propia voluntad de las partes”.

Lo definieron el lunes pasado

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia se reunió el pasado 16 de septiembre en el Senado bonaerense, en la ciudad de La Plata, para tratar la denuncia del jefe comunal de General Pueyrredon, nominada con el expediente número 414/17.

Del encuentro formaron parte el presidente del tribunal, Eduardo de Lázzari; el senador Dalton Jáuregui; los diputados Sandra París y Avellino Zurro; y los abogados Julio César Mazzotta, Rolando Landolfi y Horacio Alberto Vero. Como secretario actuó Ulises Alberto Giménez.

 



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