El municipio descontará el día a los trabajadores que adhirieron al paro
Lo estableció a través de una resolución el secretario de Legal, Técnica y Hacienda, Mauro Martinelli.
El hall del municipio durante un día de paro (foto archivo).
El gobierno municipal les descontará el día a los agentes que no fueron a trabajar el jueves pasado, jornada en que la Confederación General del Trabajo (CGT) y las dos CTA realizaron un paro contra la reforma laboral.
A través de la resolución 55 de 2026, el secretario de Legal, Técnica y Hacienda, Mauro Martinelli, dispuso que el personal jerárquico, responsables de área, jefes o encargados de dependencias municipales deberán comunicar a la Dirección de Recursos Humanos la nómina del personal que no haya prestado servicio el 19 de febrero.
El Sindicato de Trabajadores Municipales (STM) había comunicado al municipio que adheriría al paro porque era impulsado por la CGT y la Federación de Sindicatos de Trabajadores Municipales Bonaerenses, entidades a las que el gremio está adherido. Adelantó además que era sin concurrencia a los lugares de trabajo, a excepción de las guardias.
El secretario marcó que la medida de fuerza fue convocada por “reformas normativas de alcance general ajenas al régimen jurídico del empleo público municipal y a las condiciones particulares que regulan la relación estatutaria local”, por lo que no está “directamente relacionada” con disposiciones propias del ámbito competencial del Departamento Ejecutivo. Esa circunstancia “evidencia que tales reformas no inciden ni modifican en modo alguno el régimen de derechos y obligaciones aplicable al personal municipal”, agregó.
Martinelli puntualizó que “el derecho a la percepción de haberes por parte del personal municipal presupone, como regla general, el cumplimiento efectivo de la prestación laboral, de modo regular y continuo, conforme las obligaciones emergentes de la relación de empleo público”.
“La ausencia de dicha prestación, cuando no media justificación prevista en la normativa vigente, impide el devengamiento de la retribución correspondiente”, añadió.
Entre sus fundamentos, la resolución recuerda que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires afirmó que “la prestación de servicios en forma regular es la principal obligación del agente público”, por lo que su incumplimiento configura “una causal que habilita consecuencias disciplinarias y/o patrimoniales para el trabajador”.
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