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La Ciudad 22 de septiembre de 2023

El municipio lanza un nuevo Régimen de Regularización Fiscal

Tendrá carácter permanente y, en algunos casos, se permitirá una financiación en hasta 48 cuotas para la cancelación de deudas en concepto de tasas, derechos y otras contribuciones.

A través del decreto 2066/23, el Ejecutivo Municipal estableció un nuevo Régimen de Regularización Fiscal para la cancelación de deudas devengadas en tasas, derechos y otras contribuciones.

La medida abarca a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Fondo de Desagüe, Fondo Solidario Mar del Plata 2000, Contribución por Mejoras, Impuesto a los Automotores Descentralizados y Fondo de Unificación del Operativo de Seguridad en Playas, “cuyos vencimientos hubieran operado al momento del acogimiento”.  El régimen tendrá carácter permanente y se mantendrá en vigencia en tanto no fuere modificado o derogado. 

Aquellos interesados podrán formalizar los convenios de pago en la sede de la Agencia de Recaudación Municipal (ARM) y otras dependencias municipales que se habiliten a tal efecto según el tributo a regularizar; desde el sitio web de la ARM (www.mardelplata.gob.ar/arm), ingresando con Clave Única de Identificación Tributaria o Laboral (C.U.I.T./C.U.I.L.) y clave fiscal; y, en caso de deudas en trámite de reclamación judicial, ante el apoderado municipal a cargo de la gestión respectiva.

La regularización fiscal podrá efectuarse mediante las modalidades de pago contado total, o pago financiado en hasta 24 cuotas mensuales y consecutivas.

En el caso de cancelar la deuda con un pago total al contado, habrá una bonificación del 50% sobre los intereses devengados a la fecha del acogimiento. Y una condonación del 50% de las multas aplicadas o pasibles de ser aplicadas por conducto de los artículos 47, 48 y 49 de la Ordenanza Fiscal.

En tanto, si se realiza un pago financiado entre 2 y 24 cuotas, no habrá bonificación sobre los intereses devengados ni condonación de multas. Mientras que el interés de financiación será el que disponga la Secretaría de Economía y Hacienda de la comuna.

La medida también contará con un régimen especial para personas de bajos recursos, exclusivo para deudas en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Fondo de Desagüe, Fondo Solidario Mar del Plata 2000, Tasa por Servicios Urbanos, Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal y Contribución a la Salud, la Educación y el Desarrollo Infantil.

Para este grupo se permitirá una financiación en hasta 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. Y una bonificación del 100% sobre los intereses devengados a la fecha del acogimiento.

Para acceder al beneficio, los ingresos del solicitante y su grupo conviviente no podrán superar el equivalente a la suma de 3 haberes mínimos a valor bruto, cuyo pago se encuentre a cargo del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, o el que en el futuro lo reemplace. 

Entre otros beneficios, habrá, además, un régimen especial para determinaciones de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene/Fondo de Promoción Turística. Los contribuyentes podrán acceder a un pago financiado en 3 cuotas mensuales y consecutivas, con una bonificación del 40% sobre los intereses devengados a la fecha del acogimiento.

Entre las condiciones comunes a todas las modalidades, el Ejecutivo Municipal explicó que la cuota mínima de pago es de $1.000. Y el vencimiento de la única o primera obligación pactada operará dentro del séptimo día hábil contado desde el día siguiente al de la suscripción del/los convenio/s respectivos. 

Las cuotas subsiguientes vencerán en los días 20 de los meses inmediatos posteriores. 

Entre los argumentos de la iniciativa, en el decreto que lleva la firma del intendente Guillermo Montenegro y Germán Blanco se citó una iniciativa similar impulsada el 31 de enero de 2008. Mediante la misma se implementó “un régimen especial de facilidades de pago, de carácter permanente, destinado a posibilitar la regularización de deudas fiscales”. 

Dicha norma “ha facilitado el acceso por parte de miles de contribuyentes a distintas opciones de financiación o, en su caso, a beneficios por pago contado, operando como una herramienta importante e imprescindible como incentivo al pago voluntario de las obligaciones fiscales”.

No obstante, al haber transcurrido “más de 15 años de su puesta en vigencia”, la gestión local remarcó que “se impone la necesidad de revisar, actualizar y ampliar su contenido y alcances”. El objetivo es “poder atender a nuevas realidades, situaciones y contexto originados a lo largo de los últimos años”. 

Ante este escenario, la Secretaría de Economía y Hacienda aconsejó la puesta en vigencia de un nuevo Régimen de Regularización Fiscal de “carácter permanente”.



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