El Municipio recordó que no se pueden utilizar plaguicidas a menos de mil metros de los núcleos poblacionales
Aún no se ha dictado sentencia definitiva en relación a la suspensión judicial de varios artículos de la Ordenanza 21296/2013, por lo que recomendó a productores, aplicadores y vecinos la obligación de respetar estas restricciones y las medidas de protección ambiental y sanitaria
La Municipalidad recordó que continúa vigente la prohibición de la utilización de productos químicos o biológicos de uso agropecuario -incluidos plaguicidas y fertilizantes- dentro de un radio de mil metros a partir del límite de las plantas urbanas o núcleos poblacionales, conforme a la Ordenanza Nº 18740/2008.
Esta disposición resulta aplicable en virtud de la suspensión judicial de los artículos 19, 23, 27 y 28 de la Ordenanza Nº 21296/2013, dispuesta por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en la causa “Picorelli Jorge Omar y otros c/ Municipalidad de General Pueyrredon s/ Inconstitucionalidad Ordenanza Nº 21296”.
En ese sentido, subrayó que aún no se ha dictado sentencia definitiva en dicha causa, por lo que continúa vigente la suspensión de esos artículos y corresponde mantener el cumplimiento de las restricciones señaladas.
El Municipio recomendó a productores, aplicadores y vecinos la obligación de respetar estas restricciones y las medidas de protección ambiental y sanitaria.
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