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Policiales 2 de noviembre de 2017

El pagaré mexicano por 22 millones de dólares que llegó hasta Mar del Plata

En prevención a una situación de fraude a la ley, el Ministerio Público Fiscal requirió el rechazo de la ejecución de un pagaré de 22 millones de dólares en contra de un partido político mexicano. El polémico empresario Carlos Ahumada es quien reclama el pago.

El pagaré atravesó América y venció al tiempo. Pasaron 14 años desde que fuera emitido por 22 millones de dólares y provocara un sismo en la política mexicana.

Todo se inició allí, alrededor de la política, donde se tejen las alianzas más frágiles del mundo: aquellas que pueden acabar en traición. Corría el año 2003 cuando la actual secretaria de Desarrollo Agrario mexicano, Rosario Robles, decidió postularse a la presidencia del Partido de la Revolución Domcrática (PRD). Para ello necesitaba fondos y entre todos los empresarios que olfateaban negocios y los ofrecían, Robles se decantó por el argentino Carlos Ahumada. Pasó a ser su preferido, tan así que cimentó una relación política-empresarial a la que agregó, aseguran, la sentimental.

Pero Robles estuvo por esos años involucrada en casos de (al menos) mala administración y fue obligada a reunciar de la presidencia del PRD.

Ahumada, un empresario de la construcción, fue mencionado en varios episodios controversiales y se lo definió como el aportante principal a la campaña política de Robles.

Según medios mexicanos, en 2003 la relación entre Robles y Ahumada fue utilizada por el empresario para recibir beneficios para sus empresas constructoras. Del 1° de agosto de ese año procede la firma de un pagaré por 400 millones de pesos mexicanos con vencimiento de pago el mismo día de 2011. El Título de Crédito tiene como deudor al Partido de la Revolución y lleva la firma de Robles.

Pero la relación entre Ahumada y Robles se rompió, y a patir de ello comenzó una disputa judicial para ejecutar el cheque. Robles siempre sostuvo que la firma de ese pagaré no es suya y que Ahumada la extorsionó.

En La Rioja y  en Mar del Plata

En el pagaré se fija competencia ante un reclamo los tribunales argentinos, algo legal pero inusual para un documento de ese momento emitido en México. Y Ahumada, al reclamar, exhibió un domicilio en la ciudad de Chamical, de La Rioja. En realidad allí estaba la casa de un hombre llamado José Agustín Bocci, dueño de un cibercafé, que era el fiduciario para el cobro, aunque los beneficiarios finales eran los hijos de Ahumada.

Lo cierto es que la demanda para ejecutar el pagaré por 22 millones de dólares se inició ante el juez Pablo Magaquian y esa causa nunca tuvo resolución firme, al punto de haber llegado a la Corte Suprema por declararse incompetente.

El ejecutante, Ernesto Luis Chaneton, en su carácter de apoderado del Fideicomiso Justicia y Verdad, recurrió ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación; no obstante ello se modificó la constitución del fideicomiso, autorizando la fiduciante a ejecutar el pagaré en otra jurisdicción de la República Argentina, por lo que constituyeron domicilio en la ciudad de Chascomús.

Con distintos argumentos, el fiscal federal y el juez federal de Dolores rechazaron esta posibilidad, por lo cual se apeló ante la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata.

Ante ello, el fiscal general ante esta instancia, Daniel Adler, entendió -a través de su dictamen- “que violentaría principios de economía procesal, que dos acciones idénticas tramiten en forma paralela en dos jurisdicciones del país, generándose la posibilidad de estrépito en el foro”.

Pero además advirtió -en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad- que debe prevenirse el fraude a la ley (artículo 12 del Código Civil y Comercial de la Nación), y reparó que en el caso se daban una serie de indicios que advertían sobre la posibilidad de un fraude a la ley.

En este sentido, enumeró: la ejecución de una elevadísima cifra de dinero que asciende a los 22, 2 millones de dólares; la extraterritorialidad en la suscripción del título, consignado en México; la intervención como demandado de un partido político mexicano; el rechazo de la demanda por la justicia local, esto es, la justicia provincial de La Rioja; el cambio del domicilio del fideicomiso, constituido con el único objeto de ejecutar el pagaré, con posterioridad al rechazo de la demanda en La Rioja, constituyéndolo en la ciudad de Chascomús.

“Nos encontramos frente a un caso sumamente particular, tanto por las características del título, la envergadura del monto reclamado, su carácter internacional y las falencias que contiene a los fines de determinar la competencia territorial”.

Y en otro tramo de su dictamen, expresó: “No puede dejar de advertirse que pese a su licitud, exorbita el ámbito de lo que suele suceder la constitución de un contrato de fideicomiso con el único objeto de ejecutar un pagaré suscripto en México por más de veintidós millones de dólares y cuyo deudor lo constituye un partido político de ese país. El documento no puede ser ejecutado en ningún lugar del país”.



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