Elevaron a juicio una causa por violencia de género probada con fotos de WhatsApp
La Cámara de Apelaciones confirmó la elevación a juicio tras un hecho de violencia de género en el que el imputado fue asistido por el SAME mientras que la víctima padeció demoras burocráticas y nunca recibió una constatación médica presencial.
Un hombre acusado de golpear, herir con una tijera y quemar con cigarrillos a su pareja será juzgado por los tribunales de esta ciudad, luego de que la Cámara de Apelación y Garantías ratificara el rechazo a su sobreseimiento en un caso de violencia de género donde las lesiones tuvieron que ser acreditadas mediante las fotos de WhatsApp de la víctima ante la falta de una revisión médica presencial.
El fallo de la Sala II, refrendado por los jueces Marcelo Augusto Madina y Adrián Angulo consideró que las imágenes tomadas de inmediato y los testimonios familiares son prueba suficiente para abrir el debate oral.
Las constancias judiciales detallan que el hecho ocurrió el 14 de enero de este año entre las 3 y las 6.30, en una vivienda de esta ciudad. En ese lapso, el imputado agredió a la mujer con golpes de puño, le provocó quemaduras con un cigarrillo en los brazos y le causó heridas punzantes con una tijera en el abdomen y los brazos, para luego romper el teléfono celular de la hija de la víctima.
La secuencia de la aprehensión expone que, tras un llamado al 911, el personal policial fue alertado de que en la intersección de Calabria y Cerreti los familiares de la víctima tenían retenido al agresor y lo estaban golpeando en la vía pública mientras este intentaba escapar en una motocicleta. Los efectivos procedieron a la detención del hombre y trasladaron a la mujer a la Comisaría de la Mujer.
El expediente refleja una disparidad en la asistencia posterior al procedimiento: mientras el imputado fue derivado de inmediato al Hospital Interzonal General de Agudos en una ambulancia del SAME, la víctima sufrió demoras burocráticas en la sede policial y no fue trasladada ni revisada por el cuerpo médico de forma presencial.
Ante la falta de una constatación médica directa, la existencia de las heridas se incorporó a la causa el 10 de marzo de este año mediante un informe de una profesional de la salud, quien examinó las fotografías que la damnificada le había enviado a su madre y a su hermana por WhatsApp ni bien el agresor se retiró de la casa. El informe técnico basado en las placas fotográficas certificó que la mujer presentaba una excoriación lineal de tres centímetros en el antebrazo izquierdo, una herida punzante de medio centímetro cerca del codo, una marca lineal de entre cuatro y cinco centímetros en la región torácicoabdominal izquierda, y el labio inferior hinchado; lesiones calificadas legalmente como leves por el tiempo de curación.
Los jueces Marcelo Augusto Madina y Adrián Angulo concluyeron que la inmediatez de los mensajes de la víctima, las fotos del cuerpo y del celular Noblex destruido, sumado a la declaración de la hermana que escuchó la discusión desde una vivienda lindera, configuran el cuadro de verosimilitud necesario para elevar las actuaciones a la etapa de juicio oral.
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