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La Ciudad 25 de mayo de 2024

Envían al Concejo Deliberante el convenio colectivo de trabajo de los municipales 

Lo remitió el delegado local del Ministerio de Trabajo de la provincia. Es el que fue registrado en mayo a pesar de que fue consensuado por la gestión de Arroyo. Montenegro lo resiste.

Trabajadores municipales en una manifestación en el Ministerio de Trabajo, el organismo que registró y envió al Concejo el convenio colectivo firmado por la gestión de Arroyo.

 

La delegación local del Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires envió al Concejo Deliberante el convenio colectivo de trabajo de los empleados municipales que consensuó hace más de siete años la gestión de Carlos Arroyo con el Sindicato de Trabajadores Municipales (STM).

La diligencia la cumplió el delegado regional de la cartera laboral, Daniel Buccico, y es un punto de discordia más en el conflicto de la administración de Guillermo Montenegro con el STM.

El intendente había cuestionado con dureza los términos de ese acuerdo y la registración tardía por parte del Ministerio.

Dijo que contiene artículos “disparatados” que “no vio en ningún lugar”, como el que establece que un cargo sea “heredado por el hijo mayor o la mujer”, como si se tratara de “un título de nobleza”. “De ninguna manera es así. Lo que prevé el convenio colectivo es un artículo que está inspirado en nuestra anterior legislación de empleo para que, ante el fallecimiento de un trabajador en actividad, la vacante que deje pueda ser utilizada para el cónyuge o un hijo. Pero debe cumplir con un procedimiento especial de selección. Tiene que dar un concurso y cumplir con todos los recaudos que pide la Municipalidad para ingresar”, respondió esta semana el sindicato municipal.

Montenegro también puntualizó que establece “la imposibilidad de trasladar a un empleado si esto afecta el principio de unidad familiar, menoscaba su dignidad o lo afecte moral o materialmente”, lo que consideró cuestiones “subjetivas”. “El intendente dice que el convenio no le permite hacer traslado de personal. Pero ese artículo está copiado de la ley de empleo público que nos rige hace ocho años”, rechazó el gremio.

El intendente advirtió sobre una “recategorización obligatoria”. “Cuando un trabajador esté a tres años de jubilarse, se le tiene que subir una categoría sí o sí, y si ese cargo no existe hay que inventarlo”, comentó. Es decir que el municipio debe crear un cargo “con la plata de los impuestos de los vecinos”. Además, indicó que el 1% de la masa salarial debe estar destinado a una “contribución sindical”, lo que implica “$ 800 millones al año”.

“Esto tampoco es así, porque específicamente ese y otros artículos del convenio no entran en vigencia. Hay una nota al pie del artículo que expresamente establece que no va a entrar en vigencia”, respondió Cristian Milasincic, secretario gremial del STM.

 

El convenio colectivo fue registrado por el Ministerio de Trabajo bonaerense el 2 de mayo. Había sido elevado por Arroyo y Gilardi el 26 de octubre de 2016. “El diablo metió la cola”, interpretó Montenegro al observar que el acto se producía en medio de un conflicto con el gremio. E interpuso en la sede laboral un recurso de revocatoria en el que hizo notar que el Ministerio actuó “como si el tiempo no hubiera pasado y se estuviera actuando regularmente”. 

Más del aspecto legal, en el político la última palabra la tendrá el Concejo, donde el interbloque oficialista tiene mayoría.

 

 

 

 

 



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